XV Legislatura (disuelta el 06/10/2026)
XV Legislatura › Sesión 79 (21/11/2024) › Votación 4 « anterior · siguiente »

Dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas

Proyecto de Ley por la que se establecen un Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud, un Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras y un Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco, y se modifican otras normas tributarias (antes denominado Proyecto de Ley por la que se establece un Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud).

Enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Mixto (Sra. Belarra Urteaga) Enmienda 27.

Rechazada 21 de noviembre de 2024 · Sesión 79, votación 4

Temas: Economía, fiscalidad y presupuestos*

Expediente 121/000023 · Proyecto de ley · Autor: Gobierno · Resultado de la tramitación: Aprobado con modificaciones
Proyecto de Ley por la que se establecen un Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud, un Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras y un Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco, y se modifican otras normas tributarias.
Enmienda al articulado · presentada por Belarra Urteaga (Mixto)

Qué se vota: Incorporar a la ley un Impuesto Especial de 7,85 € por billete de avión, a cargo de las aerolíneas. *

Sí Incorporar la enmienda al texto de la ley
No No incorporarla
Enmienda 27 · Disposiciones adicionales nuevas · de adición
Disposición adicional xxxx Creación del Impuesto Especial sobre los billetes de avión. 1. Se establece un Impuesto Especial sobre los billetes de avión, en la cuantía de 7,85 € por billete. 2. Las aerolíneas incorporarán este impuesto en el precio de sus billetes, debiendo ingresar trimestralmente su recaudación en los mismos plazos previstos para la presentación de las declaraciones trimestrales del Impuesto del Valor añadido. 3. El Ministerio de Hacienda dictará las disposiciones reglamentarias necesarias para la aplicación de este impuesto.

Enmiendas en el Boletín Oficial de las Cortes Generales

Texto completo y todas las votaciones del expediente 121/000023 · fuente: BOCG

Resultado de la votación

Votos% sobre voto emitido% sobre composición (350)
Votos emitidos348100,0 %99,4 %
A favor329,2 %9,1 %
En contra30387,1 %86,6 %
Abstenciones133,7 %3,7 %
No votan o ausentes2—0,6 %
SíAbstenciónNo No vota
Hemiciclo:

Diputados ordenados por grupo; pasa el ratón por encima para ver el nombre.

Qué votó cada grupo parlamentario

GrupoPosiciónSíNoAbst.No votaCohesión
SUMARSí
27000 100 %
EH BilduAbstención
0060 100 %
ERCAbstención
0070 100 %
PSOENo
011901 100 %
PNVNo
0500 100 %
JuntsNo
0700 100 %
MixtoSí
5201 71 %
PPNo
013700 100 %
VOXNo
03300 100 %

Qué votó cada formación

Formación por la que fue elegido cada diputado (dato oficial), con las federaciones del PSOE agrupadas. Incluye a los diputados que están en el Grupo Mixto.

FormaciónPosiciónSíNoAbst.No votaCohesión
PPNo
013700 100 %
PSOENo
011902 100 %
VOXNo
03300 100 %
SUMARSí
31000 100 %
ERCAbstención
0070 100 %
JxCAT-JUNTSNo
0700 100 %
EH BilduAbstención
0060 100 %
EAJ-PNVNo
0500 100 %
BNGSí
1000 100 %
CCaNo
0100 100 %
UPNNo
0100 100 %

Votos distintos a los de su grupo

Ningún diputado votó distinto de la posición de su grupo.

No incluye al Grupo Mixto, que reúne formaciones distintas. "No vota" no cuenta como voto distinto.

Voto de cada diputado

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Fuentes oficiales