XV Legislatura (disuelta el 06/10/2026)
XV Legislatura › Sesión 79 (21/11/2024) › Votación 3 « anterior · siguiente »

Dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas

Proyecto de Ley por la que se establecen un Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud, un Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras y un Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco, y se modifican otras normas tributarias (antes denominado Proyecto de Ley por la que se establece un Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud).

Enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Mixto (Sra. Belarra Urteaga) Enmienda 25.

Rechazada 21 de noviembre de 2024 · Sesión 79, votación 3

Temas: Economía, fiscalidad y presupuestos*

Expediente 121/000023 · Proyecto de ley · Autor: Gobierno · Resultado de la tramitación: Aprobado con modificaciones
Proyecto de Ley por la que se establecen un Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud, un Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras y un Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco, y se modifican otras normas tributarias.
Enmienda al articulado · presentada por Belarra Urteaga (Mixto)

Qué se vota: Incorporar a la ley un Impuesto Complementario sobre el margen de intereses y comisiones de entidades financieras con ingresos superiores a 800 millones de euros. *

Sí Incorporar la enmienda al texto de la ley
No No incorporarla
Enmienda 25 · Disposiciones adicionales nuevas · de adición
Disposición adicional xxxx Creación del Impuesto sobre el Queroseno. 1. Se establece un impuesto sobre la utilización de queroseno por parte de empresas de transporte aéreo. 2. Las empresas de transporte aéreo deberán abonar 10,75 € por gigajulio de energía generado con la utilización de queroseno. 3. La obligación de pago nacerá el primer día del año natural y se deberá satisfacer durante los primeros 20 días naturales del mes de septiembre de dicho año. 4. El Ministerio de Hacienda dictará las disposiciones reglamentarias necesarias para la aplicación de este impuesto.

Enmiendas en el Boletín Oficial de las Cortes Generales

Texto completo y todas las votaciones del expediente 121/000023 · fuente: BOCG

Resultado de la votación

Votos% sobre voto emitido% sobre composición (350)
Votos emitidos348100,0 %99,4 %
A favor4512,9 %12,9 %
En contra30387,1 %86,6 %
Abstenciones00,0 %0,0 %
No votan o ausentes2—0,6 %
SíAbstenciónNo No vota
Hemiciclo:

Diputados ordenados por grupo; pasa el ratón por encima para ver el nombre.

Qué votó cada grupo parlamentario

GrupoPosiciónSíNoAbst.No votaCohesión
SUMARSí
27000 100 %
EH BilduSí
6000 100 %
ERCSí
7000 100 %
PSOENo
011901 100 %
PNVNo
0500 100 %
JuntsNo
0700 100 %
MixtoSí
5201 71 %
PPNo
013700 100 %
VOXNo
03300 100 %

Qué votó cada formación

Formación por la que fue elegido cada diputado (dato oficial), con las federaciones del PSOE agrupadas. Incluye a los diputados que están en el Grupo Mixto.

FormaciónPosiciónSíNoAbst.No votaCohesión
PPNo
013700 100 %
PSOENo
011902 100 %
VOXNo
03300 100 %
SUMARSí
31000 100 %
ERCSí
7000 100 %
JxCAT-JUNTSNo
0700 100 %
EH BilduSí
6000 100 %
EAJ-PNVNo
0500 100 %
BNGSí
1000 100 %
CCaNo
0100 100 %
UPNNo
0100 100 %

Votos distintos a los de su grupo

Ningún diputado votó distinto de la posición de su grupo.

No incluye al Grupo Mixto, que reúne formaciones distintas. "No vota" no cuenta como voto distinto.

Voto de cada diputado

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Fuentes oficiales