XV Legislatura (disuelta el 06/10/2026)
XV Legislatura › Sesión 192 (14/07/2026) › Votación 21 « anterior · siguiente »

Dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas

Proyecto de Ley por la que se modifican el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, y la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, para la extensión y refuerzo de los derechos de las personas con discapacidad a la inclusión, la autonomía y la accesibilidad universal conforme al artículo 49 de la Constitución Española.

Enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu Enmienda 281.

Rechazada 14 de julio de 2026 · Sesión 192, votación 21

Temas: Derechos y libertades* · Servicios sociales y familia*

Expediente 121/000064 · Proyecto de ley · Autor: Gobierno · Situación: Concluido - (Aprobado con modificaciones)
Enmienda al articulado · presentada por EH Bildu

Qué se vota: Incorporar a la ley la evaluación de la calidad del SAAD basada en derechos humanos, con criterios comunes de acreditación y planes de mejora obligatorios. *

Sí Incorporar la enmienda al texto de la ley
No No incorporarla
Enmienda 281 · Artículo segundo (Mod. Ley 39/2006). Treinta y uno (art. 34). · de modificación
Treinta y uno. El artículo 34 queda redactado como sigue: «Artículo 34. Calidad en el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. 1. El Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia garantizará la calidad de la atención de los centros y servicios evaluando los procesos de atención y, especialmente, el impacto que estos tienen en la satisfacción de los derechos, la calidad de vida y el bienestar de las personas en situación de dependencia y de las que prestan los cuidados y apoyos con el fin de garantizar su eficacia. 2. Sin perjuicio de las competencias de cada una de las comunidades autónomas y de la Administración General del Estado, se establecerán, en el ámbito del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, la fijación de criterios comunes de acreditación de calidad de centros y servicios del Sistema basado en el enfoque de derechos humanos, dentro del marco general de calidad de la Administración General del Estado. A su vez, los indicadores que no alcancen el estándar de calidad propuesto serán analizados según la metodología de la Mejora Continua de la Calidad, con un plan de mejora asociado de obligado cumplimiento. 3. La acción inspectora de las Administraciones Públicas estará alineada con el sistema de calidad y con un modelo de atención basado en derechos humanos, centrado en el proyecto de vida de cada persona y de base comunitaria. Se garantizará la publicación de los resultados de la actuación inspectora. 4. Sin perjuicio de las competencias de cada una de las comunidades autónomas y de la Administración General del Estado, se creará un Observatorio de la Prevención y Gestión de los Malos Tratos a la Persona Mayor para asegurar la recopilación de información relevante y de utilidad para la orientación de las medidas necesarias orientadas a prevenir y revertir Página 256 las malas praxis. Este observatorio garantizará la publicación de los resultados de la actuación inspectora, de manera accesible a la ciudadanía. 5. 4. Las comunidades autónomas establecerán sistemas de alerta y respuesta rápida ante posibles casos de mala praxis, falta de buen trato, discriminación, limitación o vulneración de derechos. 6. Para garantizar la calidad del sistema, se fomentarán programas de formación en prevención, detección precoz, diagnóstico, y gestión del buen trato a la persona mayor (MTPM) dirigida a las personas profesionales del sector.»

Enmiendas en el Boletín Oficial de las Cortes Generales

Texto completo y todas las votaciones del expediente 121/000064 · fuente: BOCG

Resultado de la votación

Votos% sobre voto emitido% sobre composición (350)
Votos emitidos349100,0 %99,7 %
A favor195,4 %5,4 %
En contra32392,6 %92,3 %
Abstenciones72,0 %2,0 %
No votan o ausentes1—0,3 %
SíAbstenciónNo No vota
Hemiciclo:

Diputados ordenados por grupo; pasa el ratón por encima para ver el nombre.

Qué votó cada grupo parlamentario

GrupoPosiciónSíNoAbst.No votaCohesión
SUMARNo
02501 100 %
EH BilduSí
6000 100 %
ERCSí
7000 100 %
PSOENo
012100 100 %
PNVNo
0500 100 %
JuntsAbstención
0070 100 %
MixtoSí
6200 75 %
PPNo
013700 100 %
VOXNo
03300 100 %

Qué votó cada formación

Formación por la que fue elegido cada diputado (dato oficial), con las federaciones del PSOE agrupadas. Incluye a los diputados que están en el Grupo Mixto.

FormaciónPosiciónSíNoAbst.No votaCohesión
PPNo
013700 100 %
PSOENo
012100 100 %
VOXNo
03300 100 %
SUMARNo
52501 83 %
ERCSí
7000 100 %
JxCAT-JUNTSAbstención
0070 100 %
EH BilduSí
6000 100 %
EAJ-PNVNo
0500 100 %
BNGSí
1000 100 %
CCaNo
0100 100 %
UPNNo
0100 100 %

Votos distintos a los de su grupo

Ningún diputado votó distinto de la posición de su grupo.

No incluye al Grupo Mixto, que reúne formaciones distintas. "No vota" no cuenta como voto distinto.

Voto de cada diputado

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Fuentes oficiales