XV Legislatura (disuelta el 06/10/2026)
XV Legislatura › Sesión 56 (23/07/2024) › Votación 33 « anterior · siguiente »

Dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas

Proyecto de Ley básica de bomberos forestales.

Enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Mixto (Sra. Belarra Urteaga) Enmienda 35.

Rechazada 23 de julio de 2024 · Sesión 56, votación 33

Temas: Medio ambiente, energía y clima* · Seguridad, interior y defensa*

Expediente 121/000015 · Proyecto de ley · Autor: Gobierno · Resultado de la tramitación: Aprobado con modificaciones
Enmienda al articulado · presentada por Belarra Urteaga (Mixto)

Qué se vota: Establecer que los bomberos forestales adscritos por administraciones públicas tendrán condición de empleado público y regular su marco laboral según el Estatuto Básico del Empleado Público *

Sí Incorporar la enmienda al texto de la ley
No No incorporarla
Enmienda 35 · Artículo 3 · de modificación
Artículo 3. Prestación del Servicio de extinción de incendios forestales. 1. La organización del servicio que prestan los bomberos forestales en los operativos de extinción de incendios forestales por las administraciones competentes se realizará de acuerdo con el artículo 48 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes. 2. El personal con categoría de bombero forestal adscrito por las administraciones públicas a las funciones señaladas en esta ley tendrá la condición de empleado público, de acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2.a), b) o c) del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. 3. Los bomberos forestales que presten servicios mediante una relación laboral se regirán por lo dispuesto en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y, asimismo, en el caso de que tengan la consideración de empleados públicos, por lo dispuesto en el artículo 11 que lleva por rúbrica 'Personal laboral' del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. artículo 7 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. 4. Para una adecuada disposición de medios, las administraciones correspondientes asegurarán una adecuada coordinación de los operativos de extinción de incendios forestales con los Planes, estatal y autonómicos de Protección Civil para emergencias por incendios forestales.

Enmiendas en el Boletín Oficial de las Cortes Generales

Texto completo y todas las votaciones del expediente 121/000015 · fuente: BOCG

Resultado de la votación

Votos% sobre voto emitido% sobre composición (350)
Votos emitidos348100,0 %99,4 %
A favor174,9 %4,9 %
En contra33094,8 %94,3 %
Abstenciones10,3 %0,3 %
No votan o ausentes2—0,6 %
SíAbstenciónNo No vota
Hemiciclo:

Diputados ordenados por grupo; pasa el ratón por encima para ver el nombre.

Qué votó cada grupo parlamentario

GrupoPosiciónSíNoAbst.No votaCohesión
SUMARNo
02601 100 %
EH BilduSí
6000 100 %
ERCSí
7000 100 %
PSOENo
011901 100 %
PNVNo
0500 100 %
JuntsNo
0700 100 %
MixtoDividido
4310 50 %
PPNo
013700 100 %
VOXNo
03300 100 %

Qué votó cada formación

Formación por la que fue elegido cada diputado (dato oficial), con las federaciones del PSOE agrupadas. Incluye a los diputados que están en el Grupo Mixto.

FormaciónPosiciónSíNoAbst.No votaCohesión
PPNo
013700 100 %
PSOENo
012001 100 %
VOXNo
03300 100 %
SUMARNo
42601 87 %
ERCSí
7000 100 %
JxCAT-JUNTSNo
0700 100 %
EH BilduSí
6000 100 %
EAJ-PNVNo
0500 100 %
BNGAbstención
0010 100 %
CCaNo
0100 100 %
UPNNo
0100 100 %

Votos distintos a los de su grupo

Ningún diputado votó distinto de la posición de su grupo.

No incluye al Grupo Mixto, que reúne formaciones distintas. "No vota" no cuenta como voto distinto.

Voto de cada diputado

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Fuentes oficiales