Dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas
Proyecto de Ley básica de agentes forestales y medioambientales.
Enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso Enmiendas 141, 147, 153, 158 y 159.
Rechazada 23 de julio de 2024 · Sesión 56, votación 27
Temas: Medio ambiente, energía y clima* · Seguridad, interior y defensa*
Qué se vota: Modificar el artículo 4 para ampliar las funciones de los agentes en planificación, gestión y control de recursos naturales, eliminar la colaboración en protección del patrimonio histórico y cultural, y suprimir el apartado 3 del artículo 8 sobre servicios de paisano. *
Enmienda 141 · Artículo 4 · de modificación
Se propone la modificación el epígrafe 1.º de la letra a) del apartado 1 del artículo 4, que quedará redactado como sigue: '1.º Participar en los trabajos de planificación, seguimiento, gestión, inventario, aprovechamientos y ordenación de los recursos naturales; en tareas de control de especies exóticas invasoras; inventario, planificación y seguimiento de hábitats naturales y seminaturales de flora y fauna silvestre, cinegética y piscícola, plagas, enfermedades o epizootias; en la cartografía de recursos naturales, en actividades Página 131 de educación ambiental y uso público en espacios naturales, aguas continentales, información al ciudadano, así como aquellas otras actividades de índole similar que determinen las administraciones públicas competentes.'
Enmienda 147 · Artículo 4 · de modificación
Se propone eliminar la letra d) del apartado 1 del artículo 4, que quedará redactado como sigue: 'd) Así mismo, observando las competencias atribuidas en la administración de dependencia y según la normativa sectorial correspondiente, se podrá colaborar en los ámbitos materiales que se señalan a continuación: en la protección del patrimonio histórico, cultural y geológico; urbanismo y usos del suelo, todo ello en entornos rurales y protección de los animales domésticos, todo ello sin perjuicio de la colaboración en otros ámbitos materiales que se determinen por la administración de dependencia.'
Enmienda 153 · Artículo 8 · de modificación
Se propone eliminar el apartado 3 del artículo 8. '3. Asimismo, cuando así lo tengan previsto en normativa específica, podrán ejercer servicios de paisano, acreditándose con su tarjeta de identidad profesional, cuando sean requeridos para identificarse por la ciudadanía o en los casos que sea necesario para realizar algún servicio.'
Enmienda 158 · Disposición adicional primera · de modificación
Se propone modificar/añadir la disposición adicional primera, que quedará redactada como sigue: 'Disposición adicional primera. Aplicación de la ley en la Comunidad Foral de Navarra y en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Esta ley, en virtud de la disposición adicional primera de la Constitución, regirá en la Comunidad Foral de Navarra y en la Comunidad Autónoma del País Vasco en lo que no se oponga al régimen competencial existente respectivamente en la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, y en la Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para el País Vasco y en la disposición adicional segunda de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, con respeto a su régimen foral. De igual manera, esta ley regirá en las comunidades autónomas en lo que no se oponga al régimen competencial existente respectivamente a sus respectivas Leyes Orgánicas que aprueban sus Estatutos de Autonomía.'
Enmienda 159 · Disposición derogatoria única · de supresión
Grupo Parlamentario Popular en el Congreso Precepto que se suprime: Disposición derogatoria única De supresión
Enmiendas en el Boletín Oficial de las Cortes Generales
Texto completo y todas las votaciones del expediente 121/000014 · fuente: BOCG
Resultado de la votación
| Votos | % sobre voto emitido | % sobre composición (350) | |
|---|---|---|---|
| Votos emitidos | 348 | 100,0 % | 99,4 % |
| A favor | 141 | 40,5 % | 40,3 % |
| En contra | 206 | 59,2 % | 58,9 % |
| Abstenciones | 1 | 0,3 % | 0,3 % |
| No votan o ausentes | 2 | — | 0,6 % |
Diputados ordenados por grupo; pasa el ratón por encima para ver el nombre.
Qué votó cada grupo parlamentario
| Grupo | Posición | Sí | No | Abst. | No vota | Cohesión | |
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| SUMAR | No | 0 | 26 | 0 | 1 | 100 % | |
| EH Bildu | No | 0 | 6 | 0 | 0 | 100 % | |
| ERC | No | 3 | 4 | 0 | 0 | 57 % | |
| PSOE | No | 0 | 119 | 0 | 1 | 100 % | |
| PNV | No | 0 | 5 | 0 | 0 | 100 % | |
| Junts | No | 0 | 7 | 0 | 0 | 100 % | |
| Mixto | No | 1 | 6 | 1 | 0 | 75 % | |
| PP | Sí | 137 | 0 | 0 | 0 | 100 % | |
| VOX | No | 0 | 33 | 0 | 0 | 100 % |
Qué votó cada formación
Formación por la que fue elegido cada diputado (dato oficial), con las federaciones del PSOE agrupadas. Incluye a los diputados que están en el Grupo Mixto.
| Formación | Posición | Sí | No | Abst. | No vota | Cohesión | |
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| PP | Sí | 137 | 0 | 0 | 0 | 100 % | |
| PSOE | No | 0 | 120 | 0 | 1 | 100 % | |
| VOX | No | 0 | 33 | 0 | 0 | 100 % | |
| SUMAR | No | 0 | 30 | 0 | 1 | 100 % | |
| ERC | No | 3 | 4 | 0 | 0 | 57 % | |
| JxCAT-JUNTS | No | 0 | 7 | 0 | 0 | 100 % | |
| EH Bildu | No | 0 | 6 | 0 | 0 | 100 % | |
| EAJ-PNV | No | 0 | 5 | 0 | 0 | 100 % | |
| BNG | No | 0 | 1 | 0 | 0 | 100 % | |
| CCa | Abstención | 0 | 0 | 1 | 0 | 100 % | |
| UPN | Sí | 1 | 0 | 0 | 0 | 100 % |
Votos distintos a los de su grupo
| Diputado | Grupo | Votó | Su grupo |
|---|---|---|---|
| Jordà i Roura, Teresa | ERC | Sí | No |
| Rufián Romero, Gabriel | ERC | Sí | No |
| Salvador i Duch, Jordi | ERC | Sí | No |
No incluye al Grupo Mixto, que reúne formaciones distintas. "No vota" no cuenta como voto distinto.
Voto de cada diputado
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