XV Legislatura (disuelta el 06/10/2026)
XV Legislatura › Sesión 192 (14/07/2026) › Votación 42 « anterior · siguiente »

Dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas

Proyecto de Ley por la que se modifican el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, y la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, para la extensión y refuerzo de los derechos de las personas con discapacidad a la inclusión, la autonomía y la accesibilidad universal conforme al artículo 49 de la Constitución Española.

Enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Republicano, el Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu y el Grupo Parlamentario Mixto (Sr. Rego Candamil) Enmienda 310.

Rechazada 14 de julio de 2026 · Sesión 192, votación 42

Temas: Derechos y libertades* · Servicios sociales y familia*

Expediente 121/000064 · Proyecto de ley · Autor: Gobierno · Situación: Concluido - (Aprobado con modificaciones)
Enmienda al articulado · presentada por Rego Candamil (Mixto), ERC, EH Bildu

Qué se vota: Aprobar en un año formación, régimen en Seguridad Social y definición de la figura del asistente personal, y revisar el Acuerdo del Consejo Territorial sobre asistencia personal. *

Sí Incorporar la enmienda al texto de la ley
No No incorporarla
Enmienda 310 · Disposiciones transitorias nuevas. · de adición
Se añade una disposición transitoria nueva. Disposición transitoria primera. Asistente personal. En el plazo máximo de un año: a) se establecerá una formación propia para la figura del/la asistente personal en coherencia con lo previsto en la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad en relación a este apoyo para el diseño y desarrollo de un proyecto de vida independiente. b) se aprobará un régimen propio para la figura del/la asistente personal en la Seguridad Social, en coherencia con lo previsto en la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y de acuerdo con sus características propias y diferenciadas con respecto a otros recursos de apoyo. c) se aprobará una definición y adecuación de la figura del/a asistentes personal en el ámbito de la Clasificación Nacional de Ocupaciones 2011 CNO2011 para su alineamiento con la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y la Observación General n.º 5 del Comité sobre los derechos de las personas con discapacidad. d) se revisará la Resolución de 24 de mayo de 2023, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, por el que se definen y establecen las condiciones específicas de Página 282 acceso a la asistencia personal en el Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia, para permitir que la persona con discapacidad pueda contratar directamente al/la asistente personal, sin la necesidad de que éste cuente con la condición de profesional autónomo.

Enmiendas en el Boletín Oficial de las Cortes Generales

Texto completo y todas las votaciones del expediente 121/000064 · fuente: BOCG

Resultado de la votación

Votos% sobre voto emitido% sobre composición (350)
Votos emitidos349100,0 %99,7 %
A favor267,4 %7,4 %
En contra32392,6 %92,3 %
Abstenciones00,0 %0,0 %
No votan o ausentes1—0,3 %
SíAbstenciónNo No vota
Hemiciclo:

Diputados ordenados por grupo; pasa el ratón por encima para ver el nombre.

Qué votó cada grupo parlamentario

GrupoPosiciónSíNoAbst.No votaCohesión
SUMARNo
02600 100 %
EH BilduSí
6000 100 %
ERCSí
7000 100 %
PSOENo
012100 100 %
PNVNo
1400 80 %
JuntsSí
7000 100 %
MixtoSí
5201 71 %
PPNo
013700 100 %
VOXNo
03300 100 %

Qué votó cada formación

Formación por la que fue elegido cada diputado (dato oficial), con las federaciones del PSOE agrupadas. Incluye a los diputados que están en el Grupo Mixto.

FormaciónPosiciónSíNoAbst.No votaCohesión
PPNo
013700 100 %
PSOENo
012100 100 %
VOXNo
03300 100 %
SUMARNo
52600 84 %
ERCSí
7000 100 %
JxCAT-JUNTSSí
7000 100 %
EH BilduSí
6000 100 %
EAJ-PNVNo
1400 80 %
BNGAusente
0001 —
CCaNo
0100 100 %
UPNNo
0100 100 %

Votos distintos a los de su grupo

DiputadoGrupoVotóSu grupo
Agirretxea Urresti, Joseba Andoni PNVSíNo

No incluye al Grupo Mixto, que reúne formaciones distintas. "No vota" no cuenta como voto distinto.

Voto de cada diputado

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Fuentes oficiales