XV Legislatura (disuelta el 06/10/2026)
XV Legislatura › Sesión 109 (08/05/2025) › Votación 3 « anterior · siguiente »

Dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas

Proyecto de Ley por la que se modifican la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea, y la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea.

Enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Socialista y el Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR. Enmienda 42.

Rechazada 8 de mayo de 2025 · Sesión 109, votación 3

Temas: Infraestructuras y transporte*

Expediente 121/000020 · Proyecto de ley · Autor: Gobierno · Resultado de la tramitación: Aprobado con modificaciones
Enmienda al articulado · presentada por PSOE, SUMAR

Qué se vota: Aumentar las multas por infracciones en la Ley de Seguridad Aérea: hasta 4.500.000 euros para muy graves cometidas por empresas o profesionales del sector. *

Sí Incorporar la enmienda al texto de la ley
No No incorporarla
Enmienda 42 · Artículo segundo. Modificación de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea. · de modificación
Se añade un nuevo apartado, a continuación del apartado 'Trece', con el siguiente contenido: 'Trece bis. Se modifica el artículo 55, apartados 1 y 2, que pasan a tener la siguiente redacción: '1. Las infracciones establecidas en el capítulo I de este título serán sancionadas del modo siguiente: a) Las infracciones leves con apercibimiento o multa de 60 hasta 10.000 euros. b) Las infracciones graves con multa de 10.001 a 60.000 euros. c) Las infracciones muy graves con multa de 60.001 a 225.000 euros. 2. Cuando las infracciones fueran cometidas por las entidades colaboradoras de inspección, las compañías que realicen transporte aéreo comercial, las organizaciones de diseño, fabricación o mantenimiento de aeronaves, los proveedores de servicios de navegación aérea, los agentes de servicios aeroportuarios, los gestores de aeropuertos, aeródromos o instalaciones aeroportuarias y, en general, las personas físicas o jurídicas que desarrollen actividades incluidas en el ámbito de aplicación de esta ley con carácter comercial o que las realicen a cambio de una contraprestación económica no salarial las sanciones aplicables serán las siguientes: a) Para las infracciones leves, apercibimiento o multa de 500 hasta 45.000 euros. b) Para las infracciones graves, multa de 45.001 a 250.000 euros. c) Para las infracciones muy graves, multa de 250.001 a 4.500.000 euros. [...]''

Enmiendas en el Boletín Oficial de las Cortes Generales

Texto completo y todas las votaciones del expediente 121/000020 · fuente: BOCG

Resultado de la votación

Votos% sobre voto emitido% sobre composición (350)
Votos emitidos336100,0 %96,0 %
A favor16248,2 %46,3 %
En contra17451,8 %49,7 %
Abstenciones00,0 %0,0 %
No votan o ausentes14—4,0 %
SíAbstenciónNo No vota
Hemiciclo:

Diputados ordenados por grupo; pasa el ratón por encima para ver el nombre.

Qué votó cada grupo parlamentario

GrupoPosiciónSíNoAbst.No votaCohesión
SUMARSí
25002 100 %
EH BilduSí
6000 100 %
ERCNo
0700 100 %
PSOESí
117003 100 %
PNVSí
5000 100 %
JuntsSí
7000 100 %
MixtoNo
2600 75 %
PPNo
013403 100 %
VOXNo
02706 100 %

Qué votó cada formación

Formación por la que fue elegido cada diputado (dato oficial), con las federaciones del PSOE agrupadas. Incluye a los diputados que están en el Grupo Mixto.

FormaciónPosiciónSíNoAbst.No votaCohesión
PPNo
013403 100 %
PSOESí
118003 100 %
VOXNo
02706 100 %
SUMARSí
25402 86 %
ERCNo
0700 100 %
JxCAT-JUNTSSí
7000 100 %
EH BilduSí
6000 100 %
EAJ-PNVSí
5000 100 %
BNGNo
0100 100 %
CCaSí
1000 100 %
UPNNo
0100 100 %

Votos distintos a los de su grupo

Ningún diputado votó distinto de la posición de su grupo.

No incluye al Grupo Mixto, que reúne formaciones distintas. "No vota" no cuenta como voto distinto.

Voto de cada diputado

Necesita JavaScript. También puedes consultar el JSON oficial.

Fuentes oficiales