XV Legislatura › Expediente 173/000179
Moción consecuencia de interpelación urgente
Moción consecuencia de interpelación urgente sobre las medidas que va a adoptar el Gobierno para garantizar que los españoles siempre vayan primero para comprar, alquilar o recibir una vivienda social.
Autor: Grupo Parlamentario VOX · Resultado de la tramitación: Rechazado · ficha en congreso.es
Temas: Vivienda · Migración y asilo
De qué trata: Moción de VOX para instar al Gobierno a priorizar el acceso a vivienda social, protegida o ayudas para españoles, con medidas migratorias, fiscales, legales y de oferta. *
Votaciones
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Texto oficial
Texto presentado, publicado en el BOCG. Si se votó con enmiendas, el texto votado puede diferir.Fuente.
«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a: Para abordar el exceso de demanda: 1. Detener de raíz todas las políticas migratorias de efecto llamada, fronteras abiertas, regularizaciones masivas y concesión abusiva de la nacionalidad que han incrementado extraordinariamente la demanda de vivienda en España. 2. Proceder a la repatriación de todos los inmigrantes que se encuentren de forma ilegal en España y a la deportación de los que, al margen de su situación administrativa, cometan delitos o traten de imponer costumbres o valores ajenos a la cultura occidental. Favorecer la remigración y el retorno de todos aquellos extranjeros que no trabajan, no contribuyen al sistema y viven de ayudas públicas. 3. Establecer un sistema de acceso a vivienda protegida, alquiler social o ayudas a la vivienda inspirado en el principio de prioridad nacional y que procure la asignación prioritaria de los recursos públicos a los españoles. Este sistema incluirá la exigencia de arraigo real y prolongado, basado en empadronamiento histórico de larga duración en España, y valorará positivamente, junto a los años de residencia en España del 13 https://igvs.xunta.gal/sites/default/files/vps/20260116_vpp_a-coruna_c2021010_in... 14 https://gaceta.es/espana/el-gobierno-de-illa-psc-adjudica-el-53-de-las-viviendas... 15 https://gaceta.es/espana/el-gobierno-vasco-presenta-la-adjudicacion-de-nuevas-vi.... 16 https://www.ine.es/jaxiT3/Tabla.htm?t=69688&L=0 17 https://www.idealista.com/news/inmobiliario/vivienda/2025/03/13/836272-5-anos-de... 18 https://www.elconfidencial.com/economia/2026-04-27/dos-de-cada-tres-que-buscan-v... solicitante, su contribución al sistema, la actividad laboral y formativa, la trayectoria de cotización, la vinculación familiar y cuantos criterios acrediten relación real, duradera y efectiva. 4. Modificación de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social y cuantas disposiciones normativas dificulten la consecución completa de la prioridad nacional en vivienda protegida, alquiler social o ayudas a la vivienda. 5. Modificar la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos y la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social a fin de establecer como requisito constitutivo para la celebración de un contrato de arrendamiento estar en situación legal en España. 6. Implantar mecanismos reforzados de control y verificación padronal para prevenir empadronamientos fraudulentos, situaciones de sobreocupación, pisos patera y utilización irregular de inmuebles, estableciendo sistemas automáticos de alerta, procedimientos de comprobación municipal e inspecciones específicas. 7. Reformar la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local para impedir que el empadronamiento en inmuebles ocupados ilegalmente, utilizados de forma fraudulenta o vinculados a situaciones de inmigración ilegal pueda generar efectos habilitantes en procedimientos de arraigo, regularización administrativa, acceso a ayudas públicas o adjudicación de vivienda. 8. Impulsar las modificaciones legales necesarias para establecer un marco diferenciado de tributación y regulación de las adquisiciones de vivienda, priorizando el acceso a la vivienda habitual de los españoles frente a fondos, corporaciones y compradores extranjeros. Dicho sistema incluirá: a) La eliminación o reducción significativa de los impuestos a la compra de primera vivienda habitual por parte de jóvenes, familias y trabajadores españoles. Hasta la supresión total de dichos impuestos se promoverán mecanismos de aplazamiento, fraccionamiento o diferimiento del pago de los tributos asociados a la adquisición de vivienda habitual hasta 15 años sin intereses, con el objetivo de reducir las barreras económicas de acceso a la vivienda y favorecer la formación de hogares. b) Un régimen fiscal intermedio para las adquisiciones destinadas a incrementar efectivamente la oferta residencial por parte de empresas o personas físicas, en los casos de promoción de nueva vivienda destinada al alquiler estable de larga duración, rehabilitación integral de inmuebles degradados o vacíos, e incorporación de vivienda infrautilizada al mercado residencial permanente. Dichas condiciones estarán sujetas al mantenimiento del uso residencial durante un período mínimo de tiempo y al cumplimiento de los requisitos reglamentariamente establecidos para favorecer el acceso asequible a la vivienda a jóvenes, familias y trabajadores españoles. c) Un régimen fiscal agravado y de carácter disuasorio para compradores extranjeros y operaciones especulativas o extractivas de fondos o sociedades que contribuyan al encarecimiento de la vivienda, al acaparamiento de suelo residencial o a la expulsión de población española del mercado de acceso a la vivienda. La recaudación derivada de los regímenes fiscales especiales se destinará prioritariamente a programas de rehabilitación urbana, construcción de vivienda protegida y bonificaciones fiscales para el acceso a la vivienda habitual de jóvenes, familias y trabajadores españoles. Para abordar la falta de oferta: 9. Fomentar la construcción masiva de viviendas protegidas mediante diversas fórmulas de colaboración público-privada: cesiones de suelo, subvenciones, descuentos, avales a financiación y créditos blandos, con el fin de garantizar que los jóvenes y las familias españolas puedan adquirir un hogar, especialmente aquellos con menos recursos. A tal efecto, deberá incrementarse el presupuesto público en vivienda. 10. Facilitar la construcción de vivienda libre mediante la aceleración de los procesos de transformación y desarrollo de suelo, la simplificación administrativa y urbanística, la reducción de trabas burocráticas y cargas regulatorias y el alivio de la presión fiscal vinculada a la promoción y construcción de vivienda. 11. Derogar la Ley de Vivienda y poner fin a todos los experimentos ideológicos sobre los arrendamientos que han llevado a un desplome de la mitad de la oferta en los últimos seis años. A tal efecto, promover un modelo de alquileres que armonice los intereses de arrendadores (seguridad jurídica, garantía de cobro y recuperación de la posesión) y arrendatarios (asequibilidad, estabilidad).»