XV Legislatura › Expediente 173/000156
Moción consecuencia de interpelación urgente
Moción consecuencia de interpelación urgente sobre las dificultades fiscales y económicas de la clase media y trabajadora.
Autor: Grupo Parlamentario Junts per Catalunya · Resultado de la tramitación: Aprobado con modificaciones · ficha en congreso.es
Temas: Economía, fiscalidad y presupuestos
De qué trata: Moción que insta al Gobierno a adoptar medidas fiscales y económicas para agricultores, pescadores, maestros, médicos y autónomos, incluyendo ajustes en impuestos, cotizaciones, ayudas y transferencias de competencias. *
Votaciones
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Texto oficial
Texto presentado, publicado en el BOCG. Si se votó con enmiendas, el texto votado puede diferir.Fuente.
«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a: 1. Para los agricultores y pescadores: 1. Que se implemente de forma urgente la autorización ya aprobada por la Unión Europea para la comercialización del atún capturado como pesca accidental en la pesca de arrastre. 2. Que se establezca un sistema de reparto de jornadas de pesca, que asigne los días con carácter plurianual y con un mínimo de 180 jornadas anuales. 3. Descentralizar plenamente los fondos de la PAC 2021-2027 y transferir la gestión íntegra a la Generalitat para adaptarla a las particularidades catalanas y garantizar ayudas directas sin intermediarios estatales. 4. Adaptar el actual sistema de cotización por ingresos reales de los autónomos agrarios con el fin de dotarlo de la necesaria flexibilidad en la base de cotización para garantizar una jubilación digna de los agricultores, así como la aplicación de tipos reducidos y medidas de protección ante casos en los que la regularización les ha dejado con bases de cotización demasiado bajas. 5. Redistribución equitativa de fondos y protocolos antiplagas, y establecer la devolución trimestral del IVA agrícola para mejorar la liquidez. 6. Posponer el Cuaderno Integrado de Explotación (CIE), flexibilizar los requisitos ambientales de la PAC e impulsar ayudas específicas contra la sequía y para la innovación, todo ello con el consenso del sector. 7. Incrementar a 120 por cada 1.000 litros la devolución parcial de las cuotas del impuesto sobre hidrocarburos soportadas por los agricultores y ganaderos. 8. Adoptar las medidas normativas necesarias para modificar la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, a fin de incluir el gasóleo destinado a usos agrícolas (gasóleo B) entre los bienes sujetos en el superreducido del 4 %. 9. Dar cumplimiento a la Disposición final decimoséptima de la Ley 1/2025, de 1 de abril, de prevención de las pérdidas y del desperdicio alimentario, que establece un régimen fiscal de las donaciones para la aplicación inmediata del tipo del 0 por ciento a todas las entregas de bienes, en especie o dinerarias, realizadas en concepto de donativos para la adquisición de alimentos o artículos de primera necesidad por parte de las entidades sin ánimo de lucro. 10. Aplicar el IVA reducido a las inversiones de las comunidades de regantes en infraestructuras de riego, incluidas las nuevas inversiones en nuevos regadíos, ampliación, modernización o mejora, así como las inversiones en mantenimiento realizadas en sus infraestructuras. 11. Modificar el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, para equiparar, en la base imponible, la correspondiente a las infraestructuras de riego indispensables para el desarrollo de las actividades de regadíos agrícolas a la correspondiente a las infraestructuras especiales como presas, saltos de agua y embalses. 12. Establecer como medidas estructurales permanentes: a. Un gasóleo profesional agrícola, ganadero y forestal con exclusivamente 0,021 euros por litro de impuesto especial de hidrocarburos, el mínimo establecido en la Unión Europea (UE) Directiva 96/2003/CE, así como la aplicación de un IVA reducido del 10 %. Gasóleo profesional utilizable en todos y cada uno de los usos profesionales en las explotaciones (calefacciones, vehículos de transporte, etc.). b. Un IVA reducido del 10 % para el conjunto de bienes y servicios utilizados en la producción agrícola, ganadera y forestal (incluida la adquisición de maquinaria), con la excepción de aquellos a los que ya se les aplica un IVA superreducido. c. Activación de los contratos de electricidad con doble tarifa por periodos (riego, granjas, industria alimentaria, etc.). 13. Activación de reducciones del rendimiento neto del IRPF por la compra de gasóleo, fertilizantes, plásticos, electricidad, etc., tanto para los agricultores como para los pescadores. 2. Para los maestros: 1. Incrementar el presupuesto educativo estatal transferido a Cataluña hasta el 6 % del PIB, actualizar los módulos de la enseñanza concertada a los costes reales y universalizar la gratuidad de la etapa posobligatoria (16-18 años). 2. Regular la carrera docente con un MIR docente para acceder a la profesión y defender el modelo de inmersión lingüística en catalán como herramienta de cohesión, blindándolo frente a cualquier ley estatal. 3. Dotar de más personal de apoyo, reducir ratios y tareas administrativas, y garantizar que las condiciones laborales, no solo salariales, sean prioritarias en cualquier acuerdo con los sindicatos. 3. Para los médicos: 1. Reclamar los 5.000 millones adicionales que Cataluña necesita por infrafinanciación crónica, pasando del 5,5 % al 8-9 % del PIB en sanidad, y transferir los inmuebles sanitarios de la Vall dHebron, Bellvitge y Trueta a la Generalitat. 2. Ampliar las plazas MIR, reformar la LOPS actualizando las competencias profesionales e incorporando nuevas. 3. Garantizar el Estatuto Médico Propio catalán para evitar guardias de 24 h y mejorar la calidad asistencial. 4. Durante el tiempo de tramitación y hasta que se apruebe la reforma de la Ley Orgánica del Sistema Universitario impulsada por Junts para el establecimiento de un distrito universitario propio para Cataluña, prever las medidas necesarias para garantizar el acceso de los estudiantes catalanes en igualdad de condiciones a los estudios de Medicina y al resto de estudios de alta demanda que se cursan en las universidades catalanas, de forma que se garantice que la inversión pública en formación médica revierta en la sociedad catalana y se preserve el uso de la lengua catalana en el ámbito sanitario. 5. Acortar los plazos de incorporación de medicamentos de la UE y reactivar prestaciones para la ELA y enfermedades de alta dependencia con alto consumo energético. 4. Para los autónomos: 1. Deflactar todos los tramos impositivos, tanto del IRPF como de las cuotas, por la inflación. 2. Eliminar rigideces en la tributación de los autónomos, permitir la deducción de los gastos necesarios para desempeñar el trabajo, como el coche o el móvil profesional. 3. Aplicar una devolución del IVA trimestralmente. 4. Reducir los tipos efectivos de pymes y autónomos al 20 % en sociedades, bonificar las cotizaciones por baja empleabilidad y garantizar una protección frente al desempleo o la enfermedad equivalente a la de los asalariados. 5. Detener cualquier intento de subida indiscriminada de las cuotas de autónomos. 6. Aprobar una ley para la reforma integral del trabajo autónomo, que entre otras medidas, implique: a. Atender la reivindicación de los autónomos para modificar el RDL 13/2022, de 26 de julio, eliminando las disposiciones transitorias referentes a la cotización por ingresos reales en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y centrarse en la mejora de la definición de los rendimientos y su naturaleza, aumentando los efectos correctores en cuanto a la deducibilidad del gasto. b. […]
Texto finalmente acordado por el Pleno
«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a: 1. Para los autónomos: 1.1 Deflactar todos los tramos impositivos, tanto del IRPF como de las cuotas, por la inflación. 1.2 Eliminar rigideces en la tributación de los autónomos, permitir la deducción de los gastos necesarios para desempeñar el trabajo, como el coche o el móvil profesional. 1.3 Aplicar una devolución del IVA trimestralmente. 1.4 Reducir los tipos efectivos de pymes y autónomos al 20 % en sociedades, bonificar las cotizaciones por baja empleabilidad y garantizar una protección frente al desempleo o la enfermedad equivalente a la de los asalariados. 1.5 Detener cualquier intento de subida indiscriminada de las cuotas de autónomos. 1.6 Aprobar una ley para la reforma integral del trabajo autónomo que, entre otras medidas, implique: a. Atender la reivindicación de los autónomos para modificar el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, eliminando las disposiciones transitorias referentes a la cotización por ingresos reales en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y centrarse en la mejora de la definición de los rendimientos y su naturaleza, aumentando los efectos correctores en cuanto a la deducibilidad del gasto. b. Aumentar el porcentaje aplicable a los gastos de difícil justificación hasta el 10 % del rendimiento neto de la actividad y aumentar el límite máximo deducible hasta los 5.000 euros anuales. c. Modificar la regulación relativa a los gastos deducibles por los autónomos para que los elementos que tengan uso personal y uso de actividad que no se pueda acreditar su afectación al 100 % a la actividad, se puedan deducir en un 50 % de la amortización. La misma deducción del 50 % será de aplicación en los gastos de mantenimiento y resto de gastos vinculados a la utilización del vehículo y otros elementos del inmovilizado. d. Modificar la regulación relativa a los gastos deducibles por los autónomos para que los consumos compartidos entre la actividad económica y la vivienda habitual, incluida la amortización de la vivienda, pueda deducirse un 30 % de los importes correspondientes a la amortización de la vivienda habitual, así como de sus suministros (agua, gas, electricidad, telefonía e internet). e. Modificar la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, para que la vivienda habitual de un autónomo se considere patrimonio protegido inembargable por la responsabilidad en deudas públicas y privadas derivadas del ejercicio de una actividad económica, sea empresarial o profesional, flexibilizando los requisitos que se regulan y sin necesidad de constituirse como un emprendedor de responsabilidad limitada, y sin límite de cuantía. 1.7 Aplicar la Directiva (UE) 2020/285 que permite eximir del IVA a los autónomos que facturen menos de 85.000 euros anuales. 2. Para las familias, vivienda y dependencia: 2.1 Garantizar que no haya reducción ni ajuste cuando se cumplan los criterios para recibir, por un lado, el Complemento de Gran Invalidez (CGI) y, por otro, las prestaciones del grado III+ de dependencia extrema o la pensión no contributiva por invalidez (PNC). 2.2 Declarar exentas de tributación en el IRPF las ayudas y compensaciones por daños personales a las personas afectadas por la talidomida, así como establecer la devolución de las cantidades tributadas anteriormente por este mismo concepto.»