XV Legislatura › Expediente 173/000147
Moción consecuencia de interpelación urgente
Moción consecuencia de interpelación urgente sobre la mejora de la protección social de los trabajadores autónomos.
Autor: Grupo Parlamentario Republicano · Resultado de la tramitación: Aprobado con modificaciones · ficha en congreso.es
Temas: Empleo y relaciones laborales · Pensiones y Seguridad Social
De qué trata: Moción para instar al Gobierno a mejorar la protección social de los trabajadores autónomos, incluyendo reformas en cotizaciones, prestaciones, fiscalidad y lucha contra el fraude. *
Votaciones
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Texto oficial
Texto presentado, publicado en el BOCG. Si se votó con enmiendas, el texto votado puede diferir.Fuente.
«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a: 1. Implantar un sistema de cotización real y progresivo basado en ingresos reales, tramos claros y cuotas ajustadas a la capacidad económica. 2. Incorporar nuevos tramos de cotización por trabajadores autónomos con ingresos reales superiores a 6000 euros mensuales. 3. Establecer una cuota reducida para los trabajadores autónomos con ingresos inferiores al SMI con las aportaciones necesarias de los Presupuestos Generales del Estado para garantizar el mantenimiento de la base de cotización a efectos de generar derecho a futuras prestaciones. 4. Convertir la prestación por cese de la actividad en una prestación por desempleo real, equiparable a la de los trabajadores incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social con requisitos razonables y trámites ágiles. 5. Crear un subsidio para mayores de 52 años autónomos, equivalente al subsidio para los trabajadores incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social. 6. Equiparar las prestaciones de enfermedad, maternidad, paternidad, lactancia y por cuidado de menores con enfermedades graves de los trabajadores autónomos a las previstas por situaciones análogas de los trabajadores incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social. 7. Implementar una cuota cero con efectos desde el momento del hecho causante en situaciones de enfermedad grave y bonificaciones para la contratación de sustitutos. 8. Regular los TRADE estableciendo un registro obligatorio de contratos, así como el derecho a indemnización y una prestación de desempleo efectiva. 9. Endurecer la persecución del fraude en casos de falsos autónomos con campañas específicas de inspección y aplicación de sanciones disuasivas a las empresas infractoras. 10. Impulsar las modificaciones legislativas oportunas para garantizar que, en los procedimientos judiciales de reconocimiento de relación laboral de falsos autónomos en los que la empresa hubiera recibido sentencias contrarias por reclamaciones laborales de este tipo en los 9 meses anteriores a la interposición de la demanda, se invierta la carga de la prueba de tal forma que el trabajador demandante únicamente deba aportar pruebas. 11. Evitar la doble cotización de los trabajadores en situación de pluriactividad, simplificar la gestión y establecer una cuota reducida cuando la actividad autónoma es secundaria. 12. Reformar el sistema fiscal con criterios de progresividad, aplicando una reducción del 5 % del tramo estatal del IRPF para rentas inferiores a 25 000 euros e incrementando entre un 5 y un 7 % el impuesto de sociedades para las grandes empresas con más de 4 millones de euros de facturación, así como ampliar los gastos deducibles reales. 13. Incorporar a las organizaciones más representativas de trabajadores autónomos, tanto estatales como autonómicas, al Consejo Económico y Social.»
Texto finalmente acordado por el Pleno
«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a: 1. Implantar un sistema de cotización real y progresivo basado en ingresos reales, tramos claros y cuotas ajustadas a la capacidad económica. 2. Convertir la prestación por cese de la actividad en una prestación por desempleo real, equiparable a la de los trabajadores incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social con requisitos razonables y trámites ágiles. 3. Crear un subsidio para mayores de 52 años autónomos, equivalente al subsidio para los trabajadores incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social. 4. Equiparar las prestaciones de enfermedad, maternidad, paternidad, lactancia y por cuidado de menores con enfermedades graves de los trabajadores autónomos a las previstas por situaciones análogas de los trabajadores incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social. 5. Implementar una cuota cero con efectos desde el momento del hecho causante en situaciones de enfermedad grave y bonificaciones para la contratación de sustitutos. 6. Endurecer la persecución del fraude en casos de falsos autónomos con campañas específicas de inspección y aplicación de sanciones disuasivas a las empresas infractoras. 7. Evitar la doble cotización de los trabajadores en situación de pluriactividad, simplificar la gestión y establecer una cuota reducida cuando la actividad autónoma es secundaria. 8. Incorporar a las organizaciones más representativas de trabajadores autónomos, tanto estatales como autonómicas, al Consejo Económico y Social.»