XV Legislatura (disuelta el 06/10/2026)
XV Legislatura › Expediente 173/000107

Moción consecuencia de interpelación urgente

Moción consecuencia de interpelación urgente relativa a las necesidades de la industria vasca y su electrificación.

Autor: Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu · Resultado de la tramitación: Aprobado con modificaciones · ficha en congreso.es

Temas: Medio ambiente, energía y clima · Industria, comercio y transformación digital

De qué trata: Moción que insta al Gobierno a adoptar medidas regulatorias, normativas y de inversión para acelerar la electrificación y descarbonización de la industria vasca, con plazos concretos y modificaciones legales específicas. *

Votaciones

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Texto oficial

Texto presentado, publicado en el BOCG. Si se votó con enmiendas, el texto votado puede diferir.Fuente.

'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a: 1. Impulsar las medidas, mecanismos y modificaciones regulatorias necesarias para facilitar la electrificación y descarbonización de la industria, haciendo hincapié en las medidas de incentivo para favorecer la sustitución de consumo de gas fósil por electricidad, coadyuvando así al cumplimiento del Plan estatal de Energía y Clima. 2. Acometer, en el plazo de cuatro meses, una modificación normativa para ampliar los límites de inversión en redes de transporte y distribución establecidos en los artículos 11.1 del Real Decreto 1047/2013 (Transporte) y 16.1 del Real Decreto 1048/2013 (Distribución), con el objetivo de cumplir el Plan de Energía y Clima y satisfacer la demanda eléctrica industrial. 3. Flexibilizar la planificación y actuación de Red Eléctrica estableciendo mecanismos ágiles, tanto para habilitar nuevas posiciones de transporte que apoyen la red de distribución permitiendo las conexiones de demanda adicional como para flexibilizar el uso de las posiciones de generación y reserva de la red de transporte que permitan responder, en su caso, a la necesidad de capacidad de la red de distribución. 4. Modificar los criterios sobre el ordenamiento de solicitudes de acceso y conexión de demanda en la red eléctrica, introduciendo factores como la viabilidad del proyecto, grado de desarrollo, valor añadido, ahorro energético, afectación a sectores o empresas estratégicas o empleo generado sobre potencia solicitada. 5. Modificar la Ley 24/2013, del Sector Eléctrico, estableciendo un procedimiento que permita realizar, mediante resoluciones debidamente motivadas de la Secretaría de Estado de Energía, modificaciones puntuales a la planificación de Red Eléctrica. 6. Establecer un mecanismo de apoyo de inversión en electrificación de procesos industriales de bajo consumo térmico, con cargo a los ingresos derivados de las subastas de derechos de emisión de CO2. 7. Modificar, en el plazo de cuatro meses, el RDL 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y las instrucciones del Impuesto sobre Actividades Económicas, con el fin de equiparar el tratamiento, a efectos de potencia instalable tributable, de los hornos o calderas a base de electricidad con aquellos a base de combustibles sólidos, líquidos o gaseosos, así como una progresiva finalización de la exención del cómputo a efectos de potencia instalada tributable de los mismos. 8. Presentar, en el plazo de tres meses, un paquete de medidas de ayuda a la industria electrointensiva, que contenga, al menos, la recuperación del mecanismo de apoyo para garantizar la competitividad de la industria electrointensiva contemplada en el artículo 1 del RDL 6/2022. 9. Explorar un acuerdo con el Gobierno Vasco para que, a través de la disposición adicional cuarta del Concierto Económico Vasco, se pueda establecer una encomienda de gestión que permita acelerar las inversiones necesarias en las líneas y subestaciones de transporte eléctrico para la descarbonización.'

Texto finalmente acordado por el Pleno

'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a: 1. Impulsar las medidas, mecanismos y modificaciones regulatorias necesarias para facilitar la electrificación y descarbonización de la industria, haciendo hincapié en las medidas de incentivo para favorecer la sustitución de consumo de gas fósil por electricidad, coadyuvando así al cumplimiento del Plan estatal de Energía y Clima. 2. Acelerar una modificación normativa para ampliar los límites de inversión en redes de transporte y distribución establecidos en los artículos 11.1 del Real Decreto 1047/2013, de 27 de diciembre, por el que se establece la metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de transporte de energía eléctrica, y 16.1 del Real Decreto 1048/2013, de 27 de diciembre, por el que se establece la metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de distribución de energía eléctrica, con el objetivo de cumplir el Plan de Energía y Clima y satisfacer la demanda eléctrica industrial, garantizando el equilibrio entre un mayor despliegue de infraestructuras y una señal de precios competitiva para hogares e industria, en línea con el principio de maximizar el uso eficiente de la red. 3. Flexibilizar la planificación y actuación de Red Eléctrica estableciendo mecanismos ágiles, como la modificación de aspectos puntuales o el adelanto del inicio del ciclo de planificación, tanto para habilitar nuevas posiciones de transporte que apoyen la red de distribución permitiendo las conexiones de demanda adicional como para flexibilizar el uso de las posiciones de generación y reserva de la red de transporte que permitan responder, en su caso, a la necesidad de capacidad de la red de distribución. 4. Modificar los criterios sobre el ordenamiento de solicitudes de acceso y conexión de demanda en la red eléctrica, introduciendo factores como la viabilidad del proyecto, grado de desarrollo, valor añadido, ahorro energético, afectación a sectores o empresas estratégicas o empleo generado sobre potencia solicitada. 5. Modificar la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, estableciendo un procedimiento que permita realizar, mediante resoluciones debidamente motivadas de la Secretaría de Estado de Energía, modificaciones puntuales a la planificación de Red Eléctrica. 6. Apoyar a la industria en la electrificación de procesos productivos a través de los ingresos derivados de las subastas de derechos de emisión de CO2. 7. Recuperar el mecanismo de apoyo para garantizar la competitividad de la industria electrointensiva contemplada en el artículo 1 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania. 8. Con la participación de las entidades locales y previo estudio de los sectores afectados estudiar una posible modificación del Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas, con el fin de equiparar el tratamiento, a efectos de potencia instalable tributable, de los hornos o calderas a base de electricidad con aquellos a base de combustibles sólidos, líquidos o gaseosos, así como una progresiva finalización de la exención del cómputo a efectos de potencia instalada tributable de los mismos. 9. Explorar, en coordinación con el Gobierno vasco, las opciones que permitan acelerar las inversiones necesarias en las líneas y subestaciones de transporte eléctrico para la descarbonización.'