XV Legislatura › Expediente 173/000052
Moción consecuencia de interpelación urgente
Moción consecuencia de interpelación urgente sobre las medidas que va a adoptar el Gobierno para combatir el empobrecimiento de los españoles.
Autor: Grupo Parlamentario VOX · Resultado de la tramitación: Rechazado · ficha en congreso.es
Temas: Economía, fiscalidad y presupuestos · Servicios sociales y familia
De qué trata: Moción de VOX que insta al Gobierno a adoptar medidas fiscales y de gasto para combatir el empobrecimiento, incluyendo reformas en IRPF, IVA, autónomos y supresión de impuestos en facturas de energía. *
Votaciones
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Texto oficial
Texto presentado, publicado en el BOCG. Si se votó con enmiendas, el texto votado puede diferir.Fuente.
'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a: 1. Promover todas las acciones que estén a su alcance para revertir el proceso de empobrecimiento de los españoles y devolver la prosperidad a nuestro país. 2. Impulsar en materia del IRPF las siguientes medidas: a. Aplicar como tramo exento del impuesto a las rentas inferiores a 22.000 euros. b. Establecer un tramo de 22.000 euros a 70.000 euros de base liquidable sujeto al 15%. c. Establecer un último tramo de rentas superiores a 70.000 euros de base liquidable con un tipo del 25%. d. Reducir los tipos de ambos tramos en cuatro puntos por cada hijo. 3. Impulsar en materia de trabajadores autónomos las siguientes medidas: a. Establecer una bonificación opcional del 100% de la cuota de la Seguridad Social a aquellos autónomos cuyos ingresos reales no lleguen al Salario Mínimo Inter profesional. b. Extender a seis meses el plazo que tiene el contribuyente para hacer efectivo el pago a Hacienda tras la presentación de la declaración de la renta y/o del IVA. Es decir, igualar el plazo de pago del contribuyente al plazo de devolución del que dispone Hacienda, que asciende a seis meses sin intereses. c. Habilitar la posibilidad de que, en caso de estar pendiente de una devolución de IVA por parte de Hacienda, pueda aplazarse el pago de otra liquidación posterior sin ningún tipo de interés hasta el momento de la recepción efectiva de los fondos. d. Llevar a cabo una drástica reducción del gasto no esencial, superfluo, ideológico e improductivo, reduciéndolo a lo estrictamente esencial. e. Modificar la Ley General de Subvenciones para que los beneficiarios de las mismas sean, en todo caso, nacionales. 4. Impulsar en materia del IVA, y en el marco de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, las siguientes modificaciones a. Reducir el tipo general del 21% al 18% y el reducido del 10% al 8%. b. Promover de forma permanente un tipo impositivo del 0% a los productos básicos de alimentación, incluyendo a los aceites de oliva y de semillas, pastas alimenticias, carnes y pescados, considerándolos como bienes esenciales. c. Reducir al tipo superreducido los pañales infantiles y geriátricos; biberones y leches de fórmula pediátricas; servicios que requieran de teleasistencia, ayuda a domicilio, centro de día y de noche o atención residencial; y productos farmacéuticos infantiles y geriátricos. d. Establecer de forma permanente el tipo del IVA al 4% en las facturas de luz, de gas y agua para hogares. 5. Suprimir el Impuesto Especial sobre la Electricidad y el Impuesto sobre Hidrocarburos en las facturas de luz y gas para hogares.'