XV Legislatura (disuelta el 06/10/2026)
XV Legislatura › Expediente 162/000784

Proposición no de Ley ante el Pleno

Proposición no de Ley relativa al establecimiento del principio de prioridad nacional en las prestaciones públicas.

Autor: Grupo Parlamentario VOX · Resultado de la tramitación: Rechazado · ficha en congreso.es

Temas: Servicios sociales y familia · Migración y asilo

De qué trata: Proposición no de ley que insta al Gobierno a priorizar el acceso a ayudas públicas, vivienda protegida y alquiler social para personas con arraigo real y duradero en España, excluyendo a quienes estén en situación ilegal o hayan cometido delitos de ocupación. *

Votaciones

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Texto oficial

Texto presentado, publicado en el BOCG. Si se votó con enmiendas, el texto votado puede diferir.Fuente.

«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a: 1. Promover que el acceso a todas las ayudas, subvenciones y prestaciones públicas esté inspirado en el principio de prioridad nacional, que procure la asignación prioritaria de los recursos públicos a quienes mantienen un arraigo real, duradero y verificable con el territorio. Este sistema, adecuado a la legalidad vigente, incluirá: a. El establecimiento de un periodo mínimo reforzado de arraigo, empadronamiento y vinculación con el territorio. b. La vinculación del acceso a ayudas a la trayectoria de cotización, permanencia y contribución al sistema. c. La exclusión del acceso a prestaciones y servicios sociales estructurales a quienes se encuentren en situación ilegal, limitando su acceso exclusivamente a supuestos de urgencia vital. 2. Establecer un sistema de acceso a vivienda protegida y alquiler social inspirado en el principio de prioridad nacional, adecuado a la legalidad vigente, que procure la asignación prioritaria de los recursos públicos a quienes mantienen un arraigo real, duradero y verificable con el territorio. Este sistema incluirá: a. La exigencia de arraigo real y prolongado, basado en empadronamiento histórico en España (mínimo de 10 años para compra y 5 años para alquiler). b. El refuerzo de los criterios de vinculación económica, social, familiar, laboral y formativa como elementos que evidencian la relación efectiva y afectiva del solicitante con el territorio. El objetivo es garantizar la estabilidad residencial, fijar población, fomentar la cohesión social, favorecer la consolidación de proyectos de vida, permitir el retorno de miles de españoles forzados a emigrar por falta de oportunidades y evitar situaciones de excesiva rotación del parque de vivienda. A estos efectos, se valorará, al menos, con sujeción a la legalidad, la trayectoria de cotización y actividad laboral, la existencia de familiares de primer grado residiendo en España, así como cualquier otro criterio que acredite vinculación real y duradera de los solicitantes con la nación. c. La valoración positiva, a su vez, a efectos de criterios de baremación, de todos aquellos perfiles más expuestos a la actual crisis de vivienda: jóvenes menores de 36 años, nuevos núcleos familiares, familias numerosas, unidades de convivencia con dependientes a cargo, personas con discapacidad, personas sin solución habitacional, unidades de convivencia en situación de hacinamiento, etc. d. La exclusión de aquellos que hayan sido condenados como autores de delitos de allanamiento o usurpación de viviendas en los últimos 5 años. Lo mismo sucederá cuando se haya emitido contra ellas resolución administrativa firme que ordene la recuperación y/o desahucio administrativo por ocupación sin título de otra vivienda de titularidad pública. e. La eliminación de criterios que favorezcan el desarraigo social o distorsionen la asignación de recursos públicos. 3. Promover la derogación o modificación de toda normativa que dificulte la consecución efectiva de la prioridad nacional en los términos descritos en los puntos anteriores, incluyendo la modificación de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.»