XV Legislatura (disuelta el 06/10/2026)
XV Legislatura › Expediente 162/000727

Proposición no de Ley ante el Pleno

Proposición no de Ley de medidas fiscales urgentes para hacer frente a la fatiga tributaria que padecen la clase media, trabajadores, autónomos y pequeños empresarios.

Autor: Grupo Parlamentario Junts per Catalunya · Resultado de la tramitación: Aprobado con modificaciones · ficha en congreso.es

Temas: Economía, fiscalidad y presupuestos

De qué trata: Proposición no de ley que insta al Gobierno a adoptar medidas fiscales urgentes para aliviar la carga tributaria de clase media, trabajadores, autónomos y pymes, incluyendo reducciones de IVA, reformas en IRPF, IAE, sucesiones y donaciones, y transferencias de competencias a Cataluña. *

Votaciones

Necesita JavaScript.

Texto oficial

Texto presentado, publicado en el BOCG. Si se votó con enmiendas, el texto votado puede diferir.Fuente.

«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno español a: 1. Adoptar de forma inmediata las medidas normativas necesarias para establecer la reducción del tipo del impuesto sobre el valor añadido (IVA) aplicable a los suministros energéticos esenciales, recuperando y consolidando el marco excepcional de protección aplicado durante la crisis energética derivada del conflicto en Ucrania. En particular, se insta a: a. Fijar el tipo reducido del 5 % del IVA en el suministro de gas natural, así como en las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de combustibles destinados a calefacción doméstica, con especial atención a la biomasa (pellets y briquetas) y a la madera para leña. b. Fijar el tipo reducido del 5 % del IVA en la factura eléctrica, priorizando el alivio fiscal para consumidores domésticos y pequeñas empresas (PYMES), con el fin de garantizar el acceso a la energía como derecho básico. c. Implementar mecanismos de control y auditoría que aseguren que la rebaja fiscal se traslade íntegramente al precio final del consumidor, reforzando las facultades de supervisión y transparencia de los organismos reguladores del mercado energético. 2. Derogar la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del impuesto sobre sucesiones y donaciones, quedando suprimido el impuesto del ordenamiento tributario, así como eliminar las referencias a este impuesto en el resto de leyes que lo regulen. 3. Modificar el impuesto sobre la renta de las personas físicas para ajustarlo a la inflación, deflactando los 3 primeros tramos estatales del IRPF y aumentar su mínimo exento. 4. Proceder a la cesión inmediata a la Generalitat de Cataluña, a los municipios y a los consejos comarcales de la totalidad de los suelos residenciales, solares y viviendas situados en Cataluña titularidad de la SAREB, mediante instrumentos jurídicos estables y efectivos, incorporando la financiación necesaria para su rehabilitación y activación inmediata con finalidad social o asequible. 5. Articular el necesario procedimiento administrativo de urgencia y dotar la partida presupuestaria suficiente, para que en los casos de desahucio de personas vulnerables por falta de pago del alquiler mensual, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.4 de la LEC (Ley de Enjuiciamiento Civil), el Estado pueda proceder a enervar el desahucio, mediante el pago del alquiler debido, lo cual pondrá fin al procedimiento de desahucio, o bien mediante cualquier instrumento jurídico que permita satisfacer la renta adeuda y evitar el desahucio. A efectos de que la protección de las personas vulnerables sea asumida por la administración y no por los particulares. 6. Establecer la aplicación de un tipo impositivo del 0 % en el impuesto sobre el valor añadido (IVA) para la adquisición de la vivienda que constituya la residencia habitual de jóvenes hasta 35 años. 7. Aplicar la directiva europea 2020/285 que permite eximir del IVA a los autónomos que facturen menos de 85.000 euros anuales. 8. Suprimir con carácter general el gravamen del 7 % sobre el valor de la producción de energía eléctrica para que se reduzca la factura eléctrica que pagan las familias y garantizar que cualquier reducción fiscal o decisión regulatoria tenga este impacto de forma automática, general y verificable en la factura final de familias y empresas, estableciendo mecanismos públicos de transparencia y seguimiento de la formación de precios. 9. Aprobar una ley para la reforma integral del trabajo autónomo, que entre otras medidas, implique: a. Atender la reivindicación de los autónomos para modificar el RDL 13/2022, de 26 de julio, eliminando las disposiciones transitorias referentes a la cotización por ingresos reales en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y centrarse en la mejora de la definición de los rendimientos y su naturaleza, aumentando los efectos correctores en cuanto a la deducibilidad del gasto. b. Aumentar el porcentaje aplicable a los gastos de difícil justificación hasta el 10 % del rendimiento neto de la actividad y aumentar el límite máximo deducible hasta los 5.000 € anuales. c. Modificar la regulación relativa a los gastos deducibles por los autónomos para que los elementos que tengan uso personal y uso de actividad que no se pueda acreditar su afectación al 100 % a la actividad, se puedan deducir en un 50 % de la amortización. La misma deducción del 50 % será de aplicación en los gastos de mantenimiento y resto de gastos vinculados a la utilización del vehículo y otros elementos del inmovilizado. d. Modificar la regulación relativa a los gastos deducibles por los autónomos para que los consumos compartidos entre la actividad económica y la vivienda habitual, incluida la amortización de la vivienda, pueda deducirse un 30 % de los importes correspondientes a la amortización de la vivienda habitual, así como de sus suministros (agua, gas, electricidad, telefonía e internet). e. Modificar la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, para que la vivienda habitual de un autónomo se considere patrimonio protegido inembargable por la responsabilidad en deudas públicas y privadas derivadas del ejercicio de una actividad económica, sea empresarial o profesional, flexibilizando los requisitos que se regulan y sin necesidad de constituirse como un emprendedor de responsabilidad limitada, y sin límite de cuantía. 10. Modificar la Ley 27/2014 para permitir que las pymes deduzcan de la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades las cantidades pagadas por el impuesto sobre actividades económicas, limitada al importe de la cuota íntegra y su posible exceso podrá aplicarse en los diez ejercicios siguientes. 11. Modificar la definición de potencia instalada tributable en el IAE para excluir los elementos que no estén directamente afectos a la producción, como la calefacción, la iluminación o los sistemas de suministro redundantes. 12. Culminar el traspaso efectivo y operativo de la gestión y recursos del ingreso mínimo vital a la Generalitat de Cataluña, con transferencia íntegra de recursos económicos y plena capacidad de gestión, así como revisar su regulación para evitar solapamientos y vacíos de cobertura con las prestaciones autonómicas. 13. Corregir el impacto de la normativa fiscal y de los copagos estatales sobre la renta disponible de las personas pensionistas y de las clases medias y trabajadoras, para asegurar que se contempla el coste real de la vida por cada comunidad autónoma y evitar así la pérdida efectiva de poder adquisitivo. 14. Reducir la burocracia asociada al desarrollo de suelo para nuevas viviendas y acortar los plazos administrativos para su puesta en mercado. Asimismo, simplificar los procedimientos que afectan a las administraciones públicas para agilizar la contratación, licitación y ejecución de nuevas promociones de vivienda pública. 15. En el marco de la tramitación de las iniciativas relativas al llamado escudo social impulsadas por el Gobierno Español, retirar […]