XV Legislatura › Expediente 162/000597
Proposición no de Ley ante el Pleno
Proposición no de Ley para la garantía efectiva del derecho a la educación sexual integral en cumplimiento con la Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.
Autor: Grupo Parlamentario Mixto · Resultado de la tramitación: Rechazado · ficha en congreso.es
Temas: Sanidad y salud pública · Educación
De qué trata: Proposición no de ley para instar al Gobierno a garantizar la educación sexual integral en el sistema educativo, desde infantil hasta FP, con formación docente, enfoque de género y mecanismos de evaluación. *
Votaciones
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Texto oficial
Texto presentado, publicado en el BOCG. Si se votó con enmiendas, el texto votado puede diferir.Fuente.
'El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a: 1. Garantizar la plena aplicación del artículo 9 de la Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, elaborando, en coordinación con las comunidades autónomas, un plan estatal de implantación efectiva de la educación sexual integral en el sistema educativo, desde la etapa infantil hasta el bachillerato y la Formación Profesional (FP). 2. Impulsar que la educación sexual sea obligatoria, transversal y adaptada a cada etapa, con enfoque de género, derechos, diversidad y prevención de las violencias machistas, en colaboración con expertas en salud sexual, pedagogía feminista y derechos LGTBIQA+. 3. Dotar al profesorado de formación específica y permanente en salud sexual y reproductiva, conforme a los criterios establecidos en el artículo 10 de la misma ley, y garantizar que todos los centros educativos cuenten con profesionales capacitados y recursos adecuados. 4. Combatir el negacionismo, los discursos de odio y la desinformación promovida por sectores reaccionarios que intentan eliminar la educación sexual de las aulas, defendiendo públicamente su valor como política feminista de Estado y como derecho del alumnado. 5. Desarrollar mecanismos de evaluación y seguimiento que permitan conocer el grado de cumplimiento del derecho a la educación sexual en cada territorio, identificando desigualdades y corrigiendo incumplimientos'.