XV Legislatura › Expediente 162/000270
Proposición no de Ley ante el Pleno
Proposición no de Ley relativa a la creación de una empresa pública para la gestión pública de las concesiones administrativas y centrales hidroeléctricas.
Autor: Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR · Resultado de la tramitación: Rechazado · ficha en congreso.es
Temas: Medio ambiente, energía y clima · Industria, comercio y transformación digital
De qué trata: Proposición no de ley para instar al Gobierno a crear una empresa pública que gestione concesiones hidroeléctricas finalizadas, elaborar un informe sobre su situación y modificar la Ley de Aguas para facilitar estos objetivos. *
Votaciones
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Texto oficial
Texto presentado, publicado en el BOCG. Si se votó con enmiendas, el texto votado puede diferir.Fuente.
'El Congreso insta al Gobierno a tomar las medidas oportunas para: 1. Elaborar un informe sobre la situación de las concesiones sobre el dominio público hidráulico existentes que delimite y clarifique los diferentes vencimientos de estas, y que analice el cumplimiento de los términos de dichas concesiones. 2. Crear una entidad pública empresarial, con personalidad jurídica propia, patrimonio propio y autonomía en su gestión, para la producción de energía eléctrica a través del uso privativo de las aguas, mediante la asunción de la gestión de las concesiones finalizadas del dominio público hidráulico. Podrá ser alcanzado el fin propuesto mediante un nuevo ente público o con la transformación de HUNOSA en esa nueva empresa pública de generación de energía, que podrá abrirse a la participación pública de las comunidades autónomas. 3. Habilitar a esta entidad pública empresarial para desarrollar e invertir en nuevas instalaciones de producción de energía y para constituir sociedades, así como participar mayoritariamente en otras ya constituidas, para llevar a cabo la actividad de generación de energía, con el objetivo de revertir sus beneficios en la ciudadanía, contribuyendo a la restitución económica y social de los municipios afectados por las instalaciones hidroeléctricas, en proporción a la generación producida en cada territorio. 4. Modificar el articulado del texto refundido de la Ley de Aguas aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, para poder alcanzar los objetivos incluidos en esta proposición no de Ley.'