XV Legislatura › Expediente 130/000027
Real Decreto-Ley
Real Decreto-ley 13/2025, de 25 de noviembre, por el que se adoptan medidas complementarias urgentes para la recuperación económica y social de la isla de La Palma tras los daños ocasionados por las erupciones volcánicas.
Autor: Gobierno · Resultado de la tramitación: Convalidado y tramitado como proyecto de ley · ficha en congreso.es
Temas: Economía, fiscalidad y presupuestos · Medio ambiente, energía y clima
De qué trata: Real Decreto-ley con medidas urgentes para la recuperación económica y social de La Palma tras la erupción volcánica de 2021, incluyendo ayudas financieras, beneficios fiscales y suspensión de pagos de préstamos para afectados. *
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Texto oficial
Real decreto-ley publicado en el BOE: inicio de la exposición de motivos y estructura (títulos, capítulos y artículos). Fuente.
Real Decreto-ley 13/2025, de 25 de noviembre, por el que se adoptan medidas complementarias urgentes para la recuperación económica y social de la isla de La Palma tras los daños ocasionados por las erupciones volcánicas. [BOE-A-2025-23911] EXPOSICIÓN DE MOTIVOS (inicio) Como consecuencia de la erupción volcánica Tajogaite iniciada el 19 de septiembre de 2021 en la zona de Montaña Rajada de Cumbre Vieja de la isla de La Palma, que afectó gravemente a los vecinos de los municipios de El Paso, Los Llanos de Aridane y Tazacorte, por parte del Consejo de Ministros, desde el año 2021, se han aprobado paquetes de medidas, tanto de impacto inmediato como enfocadas a medio y largo plazo, destinadas, por un lado, a ayudar a las personas afectadas por la erupción del volcán de la Cumbre Vieja de La Palma y, por otro, a articular la recuperación económica de la isla y la reconstrucción de las infraestructuras afectadas. De esta forma, el Gobierno ha aprobado varios reales decretos-leyes para apoyar a la isla de La Palma, siendo los más recientes el Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social, y el Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad. Dichos reales decretos-leyes contenían un catálogo extenso de medidas en materia de Seguridad Social, laboral, hipotecaria o fiscal, entre otras, que han permitido la recuperación progresiva de las zonas afectadas por la erupción volcánica. No obstante, teniendo en cuenta que aún subsisten en la zona de Cumbre Vieja parte de las consecuencias sociales, económicas y medioambientales provocadas por la mencionada erupción volcánica que dificultan el retorno a la normalidad de los damnificados, resulta necesario la adopción de nuevas medidas complementarias con el fin de paliar dichas consecuencias negativas. Aunque las autoridades competentes integrantes del Plan de Prevención de Riesgo Volcánico de Canarias certificaron la finalización de la erupción del volcán de la isla de La Palma el 25 de diciembre de 2021, aún no es posible el acceso a determinadas zonas por la existencia de gases tóxicos o debido al calentamiento de las coladas que impiden tener acceso a las fincas agrícolas para poder trabajar. Así, cabe apreciar que cuatro años después del final de la erupción volcánica en la isla de La Palma, las consecuencias sociales, económicas y medioambientales negativas siguen perviviendo en la zona de Cumbre Vieja, especialmente en los municipios de El Paso, Los Llanos de Aridane y Tazacorte. Todo ello, dificulta el retorno a la normalidad de los damnificados. La erupción del volcán de Cumbre Vieja arrasó más de 370 hectáreas agrícolas en los municipios de Los Llanos de Aridane, El Paso y Tazacorte. Las fincas plataneras, principal fuente de renta de la zona, quedaron sepultadas, sin infraestructuras ni accesos. A diferencia de otras catástrofes en un volcán hay un componente extra que es el tiempo de enfriamiento de las coladas de lava, lo que dificulta poder poner las fincas en explotación. La reconstrucción exige crear nuevos terrenos, accesos y redes hidráulicas lo que supone que los tiempos de recuperación sean de años. Para paliar esta situación, se considera necesario el mantenimiento de algunas medidas del escudo de protección económico y social, así como el establecimiento de nuevas medidas complementarias que permitan culminar el proceso de reconstrucción de la isla. Este real decreto-ley consta de una parte expositiva y una parte dispositiva estructurada en cuatro artículos, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales. El artículo 1 tiene por objeto habilitar, de forma excepcional, a la Comunidad Autónoma de Canarias para que pueda destinar cien millones de euros del superávit presupuestario de 2024 a financiar ayudas destinadas a personas físicas y entidades afectadas por la erupción volcánica de la isla de La Palma, principalmente los daños a las fincas agrarias y las compensaciones por la construcción de infraestructuras sobre fincas expropiadas o dañadas por las coladas volcánicas generadas, sin que le resulte aplicable a estos efectos lo establecido en el artículo 32 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, que dispone que en caso de superávit este deberá destinarse a reducir el nivel de endeudamiento neto. En este sentido, el gasto en este concepto ejecutado por la Comunidad Autónoma de Canarias se tendrá que registrar contablemente de forma separada y no tendrá la consideración de gasto computable a efectos de la regla de gasto. En el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el artículo 2 amplía al período impositivo 2025 la aplicación de una deducción análoga a la deducción por obtención de rentas en Ceuta y Melilla a los contribuyentes con residencia habitual y efectiva en la isla de La Palma. En el artículo 3 se abre un nuevo plazo para solicitar la suspensión de obligaciones de pago de interés y principal para préstamos y créditos con y sin garantía hipotecaria para aquellos deudores de los municipios de El Paso, Los Llanos de Aridane y Tazacorte inscritos en el Registro de personas afectadas por las erupciones volcánicas de la isla de La Palma cuyos ingresos principales provengan de la agricultura y que hubieran solicitado la suspensión de sus obligaciones de pago de intereses y principal para préstamos y créditos con y sin garantía hipotecaria o la prórroga de la misma en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional cuarta del Real Decreto-ley 20/2021, de 5 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo para la reparación de los daños ocasionados por las erupciones volcánicas y para la reconstrucción económica y social de la isla de La Palma, aliviando de este modo la situación de familias de agricultores que no pueden trabajar en sus fincas porque aún se encuentran afectadas. En virtud del artículo 4 se modifica el apartado 2 del […] ESTRUCTURA Artículo 1. Destino del superávit presupuestario de 2024 de la Comunidad Autónoma de Canarias a la financiación de ayudas a personas físicas y entidades afectadas por la erupción volcánica en la isla de La Palma. Artículo 2. Modificación de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio. Artículo 3. Medidas de suspensión de obligaciones de pago de intereses y principal para préstamos y créditos con y sin garantía hipotecaria. Artículo 4. Modificación del Real Decreto-ley 20/2021, de 5 de octubre, por el que se adoptan medidas […]