XV Legislatura › Expediente 130/000017
Real Decreto-Ley
Real Decreto-ley 3/2025, de 1 de abril, por el que se establece el programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) para el año 2025.
Autor: Gobierno · Resultado de la tramitación: Convalidado y tramitado como proyecto de ley · ficha en congreso.es
Temas: Medio ambiente, energía y clima · Infraestructuras y transporte
De qué trata: Establecer el programa de incentivos MOVES III para 2025, que financia ayudas a la compra de vehículos eléctricos y puntos de recarga, con retroactividad desde el 1 de enero de 2025. *
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Texto oficial
Real decreto-ley publicado en el BOE: inicio de la exposición de motivos y estructura (títulos, capítulos y artículos). Fuente.
Real Decreto-ley 3/2025, de 1 de abril, por el que se establece el programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) para el año 2025. [BOE-A-2025-6596] EXPOSICIÓN DE MOTIVOS (inicio) El Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2023-2030 actualizado por el Real Decreto 986/2024, de 24 de septiembre, incluye objetivos muy ambiciosos en materia de descarbonización de la economía española, entre los que destacan el conseguir en 2030 una reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero del 32 % respeto a los niveles de 1990, una penetración de energía renovable sobre el consumo de energía final del 48 % y una mejora del 43 % de la eficiencia energética respecto al escenario de referencia. El conjunto de objetivos y medidas desplegadas en el PNIEC 2023-2030 supone también un refuerzo muy notable de la autosuficiencia energética, incidiendo de manera positiva en la seguridad energética nacional, al disminuir de manera significativa la dependencia de importaciones de combustibles fósiles. En concreto, la consecución de los objetivos recogidos en el PNIEC 2023-2030 supondría la reducción en 2030 en más de 23 puntos de la dependencia energética de terceros países, alcanzado una dependencia energética del 50 % frente a valores del 73 % en 2019. En el sector eléctrico, la contribución de las energías renovables se espera que aumente hasta un 81 % en 2030, gracias a la mayor integración de energías renovables como la eólica y la fotovoltaica, a un papel reforzado del autoconsumo y a una cada vez mayor flexibilidad del sistema eléctrico en su conjunto, con el almacenamiento y la gestión de la demanda con un papel cada vez más relevante. En este sentido, la electrificación de la economía supone una oportunidad de aprovechar los menores costes de generación que suponen las energías renovables, y el PNIEC 2023-2030 incluye medidas específicas para propiciar esta electrificación en el conjunto de la economía, y en particular en sectores como la calefacción o el transporte. En particular, en materia de promoción de la descarbonización del transporte, hay que tener en cuenta que las emisiones del transporte en España en el año 2023 fueron de 87,69 MtCO2-eq, representando el 32,5 % de las emisiones totales de gases de efecto invernadero en España, y en concreto el transporte por carretera por sí solo un 30,1 % del total de las emisiones de GEI mientras que la contribución de otros modos de transporte es bastante más minoritaria. A esto hay que añadir las emisiones de otros gases, como los óxidos de nitrógeno y partículas, con el consiguiente impacto en los niveles de calidad de aire en los entornos urbanos. Dado el papel fundamental del transporte por carretera en el proceso de descarbonización de la economía, el PNIEC 2023-2030 incluye medidas específicas para fomentar su electrificación, como son la «Medida 2.5. Impulso del vehículo eléctrico» y la medida «Medida 3.4 Puntos de recarga e infraestructura de recarga para los combustibles alternativos». Se espera que estas medidas contribuyan a un parque de vehículos eléctricos cercano a los 5.500.000 en 2030 (turismos, furgonetas, autobuses y motos). A fin de fomentar la adquisición de vehículos eléctricos y puntos de recarga, mediante el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, se aprobó la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo. En el mismo se establecieron las normas de estas subvenciones con el carácter de bases reguladoras, así como la distribución y entrega de estas, disponiendo su concesión directa a las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla. Con el fin de promover la electrificación de la movilidad, el impulso a la industria y al sector empresarial asociado, el reparto presupuestario se estructuró en dos programas de incentivos destinados a promover la movilidad eléctrica: un programa para el fomento de la adquisición de vehículos eléctricos y otro programa de apoyo al despliegue de la infraestructura de recarga. Este real decreto fue modificado en diferentes ocasiones, por Real Decreto 36/2023, de 24 de enero, Real Decreto 406/2023, de 29 de mayo, Real Decreto 821/2023, de 14 de noviembre y por el Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio. En el marco de este programa de ayudas, se han transferido más de 1.335 millones de euros a las comunidades autónomas, que han servido para facilitar el despliegue de cientos de miles de vehículos eléctricos y puntos de recarga. Dado el actual contexto geopolítico y de tensiones internacionales, es necesario poder disponer de un marco económico de apoyo para la adquisición de vehículos eléctricos y puntos de recarga que permita seguir avanzando en la consecución de los objetivos contemplados en el PNIEC 2023-2030. Este tipo de instrumentos públicos de apoyo, además, están alineados con la Comunicación «Industrial Action Plan for the European automotive sector» de la Comisión al Parlamento, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, en la que se busca, entre otros, incrementar la demanda por vehículos de cero emisiones. Por todas estas razones, resulta de extraordinaria y urgente necesidad establecer el programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica para el año 2025, a fin de proporcionar certidumbre a potenciales solicitantes de la ayuda, así como a todos los agentes intervinientes, evitando periodos de inseguridad que puedan redundar en una paralización del despliegue de la movilidad eléctrica. Para ello se introduce el carácter retroactivo de las solicitudes de ayudas desde el 1 de enero de 2025. Esta retroactividad se ajusta a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional ya que es «una norma [que] regula pro futuro situaciones jurídicas creadas con anterioridad a su entrada en vigor o cuyos efectos no se han consumado», por lo que concluye el Alto tribunal «(…) el legislador puede variar ex nunc el régimen jurídico preexistente de los derechos individuales, siempre que se ajuste a las restantes exigencias de […] ESTRUCTURA Artículo 1. Programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) para el año 2025. Artículo 2. Actuaciones subvencionables. Artículo 3. Financiación. Artículo 4. Justificación. Artículo 5. Régimen jurídico. Disposición final primera. Modificación de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio. Disposición final segunda. Título competencial. Disposición final tercera. Habilitación. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.