XV Legislatura (disuelta el 06/10/2026)
XV Legislatura › Expediente 122/000191

Proposición de ley de Grupos Parlamentarios del Congreso

Proposición de Ley Orgánica de modificación de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, para restringir la regularización de inmigrantes ilegales a través del arraigo.

Autor: Grupo Parlamentario VOX · Resultado de la tramitación: Rechazado · ficha en congreso.es

Temas: Migración y asilo · Justicia

De qué trata: Proposición de ley orgánica para modificar la Ley de Extranjería y restringir la regularización de inmigrantes en situación irregular, eliminando o endureciendo figuras como el arraigo social y familiar. *

Votaciones

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Texto oficial

Texto de la iniciativa publicado en el BOCG (recortado; el texto completo está en la fuente). Fuente.

Exposición de motivos I Tras un cuarto de siglo desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, el fenómeno de la inmigración ilegal en nuestro país ha adquirido dimensiones colosales. Concretamente, en el periodo comprendido entre el año 2018 y el 2024, las entradas fraudulentas por vía marítima y terrestre en nuestro país ascienden a más de 330.000. Los datos referidos, provenientes del Ministerio del Interior a través de sus informes quincenales, no incluyen las entradas fraudulentas que se realizan a través de los puestos fronterizos y por las cuales los inmigrantes ilegales ocultan a las autoridades la finalidad ilícita de su entrada en nuestro país. Por tanto, cabe concluir que las cifras finales referidas a las entradas ilegales en nuestro país son muy superiores. Una muestra de la relevancia que ha adquirido la inmigración ilegal en España es su catalogación como el tercer mayor riesgo para la Seguridad Nacional. En este sentido, la mayoría de los expertos que participaron en la elaboración del Informe Anual de Seguridad Nacional 2023 prevén que la cuestión de los «flujos migratorios irregulares» empeore en los próximos cinco años. No obstante, la legislación vigente se ha demostrado insuficiente para disuadir de los efectos adversos que subyacen a la inmigración ilegal. Por su parte, cabe destacar la inobservancia del Poder Ejecutivo en la aplicación del principio de lucha contra la inmigración irregular y la persecución del tráfico ilícito de personas, establecido en el apartado g), del punto 2, del artículo 2 bis de la Ley de Extranjería. Prueba de la nula actividad del Gobierno se manifiesta en el ínfimo número de órdenes de expulsión ejecutadas, que dista mucho del número de expedientes de expulsión que son incoados. Así, según datos facilitados por el Gobierno, entre los años 2020 y 2023 apenas se ejecutaron 9.500 órdenes de expulsión de 131.000 expedientes incoados, es decir, el 7,25 por ciento. En este mismo sentido, en su Memoria 2024, la Fiscalía General del Estado destaca la dificultad para materializar las expulsiones acordes al artículo 57.7 de la Ley de Extranjería y el artículo 89 del Código Penal, y ponen de relieve la diferencia que existe entre el número de expulsiones que se ordenan y las que finalmente se ejecutan. Una de las razones que aduce la Fiscalía para explicar la citada disparidad es la falta de localización del extranjero, por lo que también es necesaria una ampliación del tiempo de internamiento de los inmigrantes que han entrado ilegalmente a nuestro país en los centros de internamiento para extranjeros. De no producirse esta modificación legislativa, se seguirá reproduciendo este problema, y permitirá que individuos con órdenes de expulsión de nuestro país deambulen por el territorio. II Sin embargo, la falta de voluntad que se ha venido manifestando por parte de los decisores públicos, sobre todo en la lucha contra la inmigración ilegal, ha tenido su plasmación en la aprobación del Real Decreto 1155/2024, de 20 de abril, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. El objeto fundamental de esta reforma es la regularización masiva de 300.000 inmigrantes ilegales al año durante los próximos tres años. Así, al menos 900.000 inmigrantes ilegales serán regularizados gracias a la modificación reglamentaria que ha elaborado el Ejecutivo. El nuevo Reglamento flexibiliza hasta el extremo la figura del arraigo. Concretamente, se ha reducido el periodo de permanencia en España a dos años, a excepción del arraigo familiar, que no lo requiere. Se trata, pues, de un nuevo hito en la implementación de reformas sobre la materia promovidas por los gobiernos de Pedro Sánchez ordenadas a la flexibilización de los requisitos y la creación de nuevas figuras de regularización. En este sentido, en el caso del arraigo social se señala que, en caso de no existir vínculos familiares, se «valorará el esfuerzo de integración de la persona extranjera», y que éste deberá acreditarse a través de un informe (artículo 127.c.) que será emitido por el órgano competente de la región que corresponda. De esta forma para acreditar el citado arraigo social ya no será necesario que el inmigrante cuente con vínculos familiares, sino que conozca y respete «los valores estatutarios de la Comunidad Autónoma donde resida» (artículo 127.c), entre otros. En relación con lo anterior, el Gobierno también exime al inmigrante de acreditar la inexistencia de antecedentes en un tercer país si ha permanecido de forma continuada en España durante los últimos cinco años (artículo 130.2.1º). A tal extremo pretende este Ejecutivo la legalización masiva de inmigrantes, que se dispone que «la existencia de antecedentes en el informe policial, no supondrá por sí misma y de forma automática, causa de denegación de la autorización». Por último, es preciso reseñar la disposición transitoria quinta del nuevo Reglamento, que permitirá que aquellos inmigrantes ilegales a los que se le haya denegado su residencia, o incluso su solicitud de protección internacional, podrán solicitar una autorización de residencia por circunstancias excepcionales por razones de arraigo. Esta es una prueba evidente de que el Poder Ejecutivo pretende una regularización masiva de inmigrantes. III Otra cuestión importante es la relativa a la delincuencia. Más del 50 % de las condenas por agresiones sexuales fueron cometidas por extranjeros, según los datos más recientes del INE de 2023:344 de los 676 condenados, de los cuales 160 fueron africanos, cerca de un cuarto del total. El hecho de que las personas de origen africano representan, estimadamente, en torno a un 2 % de la población, pone de manifiesto hasta qué punto está desproporcionadamente representado ese grupo de población en las estadísticas de delitos sexuales. La conexión entre el aumento de la criminalidad de una parte, y de otra la inmigración masiva descontrolada y la inmigración ilegal, está sólidamente establecida sobre la base de datos que ofrecen los mismos poderes públicos. Para empezar, el Balance de Criminalidad de 2023, publicado por el Ministerio del Interior, presentó cifras dramáticas en cuanto al incremento de la comisión de delitos en nuestro país, ya que la criminalidad ha crecido un 5,9 % en ese año, destacando de manera especial el aumento del 45,2 % de los secuestros, del 9,5 % del tráfico de drogas, y del 15,1 % de los llamados «delitos contra la libertad sexual», incluyendo un crecimiento del 14,2 % en el caso de las agresiones sexuales con penetración. Así, según los datos publicados por el Gobierno en septiembre de 2023, el 49 % de los autores de asesinatos de mujeres en lo que había transcurrido de ese año habían sido extranjeros, lo cual contrasta con el hecho de que los extranjeros sean solamente el 12,63 % […]