XV Legislatura › Expediente 121/000031
Proyecto de ley
Proyecto de Ley de la Función Pública de la Administración del Estado.
Autor: Gobierno · Situación: Comisión de Hacienda y Función Pública Informe · ficha en congreso.es
Temas: Administración pública
De qué trata: Proyecto de ley para reformar la función pública de la Administración del Estado, modernizando la gestión de personal y adaptando el empleo público a los retos del siglo XXI. *
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Texto oficial
Texto de la iniciativa publicado en el BOCG (recortado; el texto completo está en la fuente). Fuente.
Exposición de motivos I La Administración Pública ostenta un papel determinante en la vertebración de las sociedades avanzadas, al representar la garantía de cumplimiento del Estado social y democrático de derecho. Por un lado, la actuación de la Administración Pública garantiza la igualdad de oportunidades entre las personas, evitando potenciales desigualdades sociales. Por otro lado, contribuye al cumplimiento de los intereses generales, puesto que la actuación de la Administración se basa en los principios de objetividad, imparcialidad y en la rendición de cuentas a la ciudadanía. Además, en el momento actual la Administración debe cumplir con la creciente diversidad de las demandas y necesidades ciudadanas, de forma que su rol tradicional ha evolucionado hacia una Administración más proactiva, cercana, que ponga énfasis en la consecución de los objetivos sociales; que establezca procesos inclusivos y democráticos; que sea capaz de producir innovación, cambio y transformación social y que, además, preste servicios en términos de calidad y de eficacia, con responsabilidad en su actuación y con una visión prospectiva estratégica para adelantarse a los retos y demandas del futuro. Para lograr el cumplimiento de sus fines, la Administración Pública debe contar, indudablemente, con su capital humano, pero también con unas adecuadas fórmulas de gestión de personal. Ambos componentes son los elementos esenciales de todo sistema de empleo público cuyo adecuado funcionamiento repercute directamente en los procesos democráticos y tienen incidencia en el bienestar de la ciudadanía. De esta forma, el capital humano es el elemento estratégico indispensable que aporta valor a la Administración y es una garantía del funcionamiento eficaz de la acción pública. Las personas son el motor de toda organización y las que llevan a cabo sus avances y logros. La exigencia de equidad y neutralidad del personal empleado público es imprescindible en los procesos de provisión de los servicios públicos y también son una pieza clave para lograr la innovación y la transformación. Por eso, el personal al servicio de la Administración ha de ser altamente cualificado, motivado y comprometido con el servicio público. De forma correlativa, las políticas de gestión de personal constituyen un auténtico nexo de unión entre la estrategia de la Administración y las personas, de forma que toda la arquitectura organizativa que sirve de soporte para su gestión debe ser eficaz, pero al mismo tiempo flexible, para asegurar la continua adaptación de la organización a las necesidades de la ciudadanía, actuales y futuras. No hay Administración de calidad sin un buen sistema de empleo público. Por esta razón, cualquier propósito transformador de las organizaciones públicas debe asumir esta premisa, pues solo si se dispone de una estrategia de recursos humanos que aborde de forma integral y coherente el ciclo de planificación, gestión y evaluación de esta política pública podrán abordarse con éxito los retos de las Administraciones en el siglo XXI. II La necesidad de abordar en nuestro país una reforma de la Administración y del empleo público constituye un compromiso contemplado en el componente 11 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que tiene como objetivos la implantación de un modelo de recursos humanos basado en competencias, la articulación de una carrera profesional que asegure la igualdad entre mujeres y hombres y el desarrollo de una dirección pública profesional que evite una excesiva rotación y asegure una gestión pública orientada a resultados. Igualmente, es preciso desarrollar políticas de reclutamiento y selección que aseguren el relevo intergeneracional, orientadas a la captación de talento diverso y a la inclusión de grupos infrarrepresentados. Esta ley viene a desarrollar las disposiciones contempladas en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en lo que a la Administración del Estado se refiere. El Estatuto Básico del Empleado Público supuso un salto cualitativo en la concepción del empleo público en nuestro país y esbozó las líneas del nuevo modelo, aunque por su carácter de norma básica, quedaba supeditado al ulterior desarrollo a través de leyes de función pública de la Administración General del Estado y de las distintas Administraciones de las Comunidades Autónomas que cerrasen el modelo regulatorio. La aprobación del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo, como forma de cumplimiento del hito 148 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, tras la convocatoria de Elecciones Generales y decaídos los proyectos normativos entonces en tramitación parlamentaria, supuso el punto de partida para iniciar la reforma de la función pública con el objetivo de desarrollar todo el potencial innovador del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. III La transformación pretendida por esta ley presenta una doble dimensión al dirigirse tanto a la propia función pública, esto es, al capital humano de la Administración, como a los procesos y procedimientos internos encargados de su gestión. La ley parte de la base de que nuestro país precisa en los próximos años una función pública con un alto nivel de profesionalidad, competente y eficaz, para garantizar la confianza de la ciudadanía en las Administraciones Públicas. Además, considerando al personal empleado público como la punta de lanza de cualquier avance en la Administración contemporánea, la función pública ha de ser proactiva e innovadora, implicada en cualquier proceso de cambio y en continuo aprendizaje. Al mismo tiempo, la función pública ha de ser inclusiva y plural, reflejo la diversidad de la sociedad a la que sirve y representa. Por otro lado, la ley se fundamenta en que para modernizar la Administración Pública no basta con dotarla de inversiones, sino que es preciso reconvertir y redefinir los procesos y procedimientos internos para lograr una mejor gestión. En este sentido, la transformación del empleo público que diseña esta ley presenta una serie de elementos característicos que constituyen su seña de identidad. De un lado, se trata de una transformación coherente y racional, puesto que mantiene y evoluciona aquellos elementos que hasta ahora han posibilitado un adecuado funcionamiento del sistema. De otro, es una transformación reordenadora, ya que se fundamenta en el firme propósito de reorientar aquellos factores que en la práctica han generado disfuncionalidades y, por último, es una transformación innovadora, puesto que introduce elementos novedosos y disruptivos con los que se pretende adaptar en marco organizativo al marco conceptual y organizativo propio del siglo XXI. En primer lugar, la ley mejora aquellos elementos que la práctica ha […]