XV Legislatura › Expediente 121/000018
Proyecto de ley
Proyecto de Ley por la que se crea la Autoridad Administrativa Independiente de Defensa del Cliente Financiero para la resolución extrajudicial de conflictos entre las entidades financieras y sus clientes.
Autor: Gobierno · Situación: Comisión de Economía, Comercio y Transformación Digital Informe · ficha en congreso.es
Temas: Economía, fiscalidad y presupuestos · Justicia
De qué trata: Proyecto de ley para crear una autoridad independiente que resuelva conflictos entre entidades financieras y clientes, con procedimientos, organización, sanciones y modificaciones legales asociadas. *
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Texto oficial
Texto de la iniciativa publicado en el BOCG (recortado; el texto completo está en la fuente). Fuente.
Exposición de motivos Título preliminar. Disposiciones generales Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Definiciones. Artículo 3. Ámbito de aplicación. Exclusiones. Artículo 4. Carácter imperativo. Título I. Sistema de resolución extrajudicial de conflictos. Artículo 5. Sistema de resolución extrajudicial de conflictos. Artículo 6. Régimen jurídico del sistema de resolución extrajudicial de conflictos. Artículo 7. Tratamiento de datos personales. Título II. Autoridad Administrativa Independiente de Defensa del Cliente Financiero Capítulo I. Disposiciones generales Artículo 8. Autoridad Administrativa Independiente de Defensa del Cliente Financiero. Artículo 9. Finalidades. Capítulo II. Organización Artículo 10. Órgano de gobierno. Consejo Rector. Artículo 11. Competencias del Consejo Rector. Artículo 12. Nombramiento y cese de la persona titular de la Presidencia y de la persona titular de la Vicepresidencia. Artículo 13. Nombramiento y cese de las personas titulares de la condición de consejeros electos. Artículo 14. Requisitos de las personas titulares de la Presidencia y Vicepresidencia. Artículo 15. Funciones de las personas titulares de la Presidencia y de la Vicepresidencia. Artículo 16. Régimen interior. Artículo 17. Secciones y áreas. Artículo 18. Sección Especial. Artículo 19. Vocales. Artículo 20. El Consejo Asesor. Capítulo III. Régimen jurídico y de personal Artículo 21. Régimen jurídico. Artículo 22. Régimen de contratación. Artículo 23. Régimen patrimonial y presupuestario y de control. Artículo 24. Recursos económicos. Artículo 25. Régimen del personal. Capítulo IV. Principios de funcionamiento Artículo 26. Independencia e imparcialidad. Artículo 27. Conocimientos y competencias. Artículo 28. Confidencialidad. Artículo 29. Cooperación en la resolución de conflictos transfronterizos. Artículo 30. Colaboración con otras autoridades y órganos administrativos. Título III. Tramitación de las reclamaciones Artículo 31. Objeto de las reclamaciones. Artículo 32. Reclamación previa ante el servicio de atención a la clientela o el defensor de la clientela. Artículo 33. Acceso y procedimiento. Artículo 34. Presentación de la reclamación ante la Autoridad. Artículo 35. Principios. Artículo 36. Legitimación activa. Artículo 37. Legitimación pasiva. Artículo 38. Régimen de admisión de reclamaciones. Supuestos de inadmisión. Artículo 39. Plazos de resolución. Artículo 40. Efectos de la presentación de reclamaciones. Artículo 41. Contenido y alcance de las resoluciones. Artículo 42. Resolución vinculante. Artículo 43. Resolución no vinculante. Artículo 44. Cuestión previa de unificación de criterio. Artículo 45. Interposición de demanda frente a las resoluciones vinculantes. Artículo 46. Costas procesales. Título IV. Información y control parlamentario Artículo 47. Información general. Artículo 48. Informe anual de actividad. Artículo 49. Control parlamentario. Título V. Cooperación con otros órganos Artículo 50. Cooperación con el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y las autoridades supervisoras de conducta en el sector financiero. Artículo 51. Comunicación de posibles infracciones de normas de conducta. Artículo 52. Convenios con la Autoridad Administrativa Independiente de Defensa del Cliente Financiero. Artículo 53. Compendio anual de buenas prácticas y usos de los sectores financieros. Título VI. Promoción de la educación financiera Artículo 54. Colaboración institucional con el Plan de Educación Financiera. Artículo 55. Actuaciones para la promoción de la educación financiera. Título VII. Régimen sancionador Artículo 56. Disposiciones generales. Artículo 57. Procedimiento para la imposición de sanciones. Artículo 58. Procedimiento aplicable en el supuesto de infracciones leves. Artículo 59. Infracción grave. Artículo 60. Infracción leve. Artículo 61. Sanciones por la comisión de infracciones graves. Artículo 62. Sanciones por la comisión de infracciones leves. Artículo 63. Sanciones a los que ejerzan cargos de administración o de dirección por la comisión de infracciones graves o leves. Artículo 64. Graduación de las sanciones. Artículo 65. Publicidad de las sanciones. Artículo 66. Prescripción de infracciones y sanciones. Disposición adicional primera. Tasa por la resolución de reclamaciones en materia de defensa al cliente financiero. Disposición adicional segunda. Publicidad del sistema institucional de resolución extrajudicial de conflictos. Disposición adicional tercera. Colaboración en la tramitación de las reclamaciones. Disposición adicional cuarta. Informe de impacto sobre la implementación del sistema institucional de resolución extrajudicial de conflictos. Disposición adicional quinta. Asistencia jurídica. Disposición adicional sexta. Obligaciones en caso de ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Disposición adicional séptima. Primer mandato de los consejeros y las consejeras electas. Disposición adicional octava. Sanciones consistentes en multa. Disposición adicional novena. Mantenimiento de funciones consultivas y de gestión de reclamaciones de Deuda Pública. Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de tramitación de reclamaciones. Disposición transitoria segunda. Procesos judiciales en curso. Disposición transitoria tercera. Régimen presupuestario transitorio. Disposición derogatoria única. Derogación normativa. Disposición final primera. Modificación de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos. Disposición final segunda. Modificación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Disposición final tercera. Modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. Disposición final cuarta. Modificación del texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre. Disposición final quinta. Modificación de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero. Disposición final sexta. Modificación de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. Disposición final séptima. Modificación del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos. Disposición final octava. Modificación de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito. Disposición final novena. Modificación de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado. Disposición final décima. Modificación de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras. Disposición final undécima. Modificación del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la […]